Firman dictamen para indemnizar a las víctimas
La comisión de Justicia firmó ayer un dictamen de mayoría de resarcimiento económico de alrededor de 600 mil pesos para los familiares de las víctimas del atentado a
Con la firma de este dictamen, la comisión presidida por el radical Ricardo Gil Lavedra modificó el punto central del proyecto original (que ya tenía media sanción del Senado), que duplicaba para la comunidad judía el monto de reparación con respecto a la prevista para familiares de víctimas de desapriciones forzadas.
De esta forma, la iniciativa que establece una indemnización de 600 mil pesos para los familiares de las víctimas del ataque terrorista deberá primero conseguir el respaldo en el recinto de la Cámara baja y regresar luego al Senado para que trate las modificaciones.
Mientras el texto con media sanción fijaba una indemnización de "alrededor de 1.200.000 pesos para los derechohabientes de los fallecidos", el dictamen de mayoría firmado hoy reduce esa cifra a la mitad, es decir a 600.000 pesos.
Ese monto se desprende de cálculos realizados en base a la remuneración mensual de agentes de nivel A de la administración pública, que es el parámetro que se utilizará para fijar el resarcimiento.
El proyecto firmado le otorga "carácter de bien propio al resarcimiento y solo fija un plazo mínimo de 2 años de convivencia para reconocerle derechos al concubino o la concubina para acceder al resarcimiento", en vez de los cinco años fijados en la propuesta original.
Establece también un resarcimiento para quienes sufrieron lesiones graves del 30 por ciento de la suma otorgada a los casos de fallecimiento, y del 40 por ciento para aquellas lesiones consideradas gravísimas.
La iniciativa determina que el pago se hará en bonos depositados ante
Además, el resarcimiento se hace efectivo conforme la ley 25.344 (Ley de Emergencia Económico-Financiera).
En cambio, el proyecto que había recibido el guiño del Senado habilitaba el pago en efectivo, previo requerimiento al Ministerio de Economía.
El texto con dictamen establece que la reparación estará exenta de gravámenes y que no deberán abonarse tasas en las tramitaciones judiciales o administrativas para acreditar las circunstancias o el vínculo, ni la publicación en el Boletín Oficial.