Birri propuso reglamentarlo

11/07/2010
Provinciales - Juicios Político / Unicameral
alternative
Luego de varios intentos fallidos de la oposición desde el comienzo de la Unicameral para juzgar políticamente a funcionarios del gobierno el juecismo intenta operativizar este mecanismo

El presidente del bloque del Frente Cívico y Social, Roberto Birri, presentó un proyecto de ley en la Unicameral para regular el procedimiento del Juicio Político establecido en la Constitución Provincial, ya que a partir de la reforma del año 2001 la ley que reglamentaba este mecanismo quedó obsoleta porque se basa en la bicameralidad.

Además de derogar dicha ley, el legislador propuso que la conformación de las dos salas que exige el texto de la Constitución Provincial, una encargada de acusar y la otra de juzgar, se realizará en la sesión preparatoria, se hará en forma proporcional a la representación política da cada uno de los bloques dentro de la Legislatura y mantendrá su integración hasta la terminación de los juicios iniciados durante ese período.

En este sentido el parlamentario juecista determinó en su iniciativa que la Sala Juzgadora, que será presidida por el Vicegobernador o el presidente Provisorio de la Legislatura, estará integrada con cuarenta y nueve miembros; mientras que la Sala Juzgadora se conformará por los veintiún miembros restantes de la Unicameral y el presidente será elegido de su seno.

En tanto el bloque de la Unión Cívica Radical también presentó un proyecto para regular este mecanismo, que establecía que estas dos Salas debían poseer un número limitado de legisladores para garantizar su buen funcionamiento que se designarían en la primera sesión ordinaria.

Sin embargo antes de estas iniciativas hubo varios intentos de este tipo en el comienzo de la unicameral, incluso la Comisión de Asuntos Constitucionales comenzó un profundo trabajo en este sentido, pero sus frutos quedaron truncos por la interposición de un pedido concreto de juicio político que desde el radicalismo interpusieron contra el entonces Fiscal de Estado, Domingo Ángel Carbonetti, actual legislador de Unión por Córdoba.

A partir de este primer pedido de juicio político hasta el iniciado en contra del Ministro de Salud, Oscar González, que se presentó en mayo de este año en la Legislatura, el oficialismo siempre ha fundamentado de la misma forma su rechazo, mientras que la oposición siempre defiende con argumentos opuestos la implementación de este proceso.

Esto es posible a raíz de una zona gris en el artículo de la Constitución Provincial que establece el juicio político que permite que ambas interpretaciones sean válidas y que todo dependa de una resolución política.

Según el artículo 114 de la Constitución Provincial la Unicameral en la primera sesión ordinaria debería dividirse en dos salas que se in­te­grarían en forma pro­por­cio­nal a la re­pre­sen­ta­ción po­lí­ti­ca de sus miem­bros en aqué­lla.

Al respecto desde el oficialismo sostienen que “la primera sesión ordinaria” hace referencia a la sesión posterior a la aceptación del pedido de juicio político, mientras que la oposición asegura que se trata de la primera sesión del período ordinario.

El proyecto del legislador Birri establece que la denuncia de Juicio Política deberá presentarse ante la Sala Acusadora de la Legislatura que la girará a una Comisión Investigadora que en el plazo de veinte días deberá culminar con sus diligencias para luego presentar el dictamen ante dicha Sala.

En este sentido el acusado tendrá diez días para presentar el descargo correspondiente y luego la sala Acusadora en un término de siete días deberá expedirse, con el voto nominal de las dos terceras partes de sus miembros, sobre la viabilidad de la denuncia.

En cuando a la sala Juzgadora, la iniciativa dispone que también deberá citar al acusado para que presenta la prueba que considere pertinente y designe a su abogado defensor que se presentarán en audiencia ante dicha sala.

Asimismo el proyecto indica que una vez finalizada la etapa de recolección de pruebas y en el día que fije la Sala Juzgadora, su presidente se dirigirá a cada uno de los miembros de la sala y los interrogará respecto de si el denunciado es o no responsable de los cargos que se le formulan; mientras que el tribunal de sentencia deberá fallar antes de los treinta días.

Si sobre ninguno de los cargos hay dos tercios de votos contra el acusado, la iniciativa señala que éste será absuelto y se termina el juicio. En cambio si la mayoría de los dos tercios sentencia respecto de todos los cargos o sobre algunos de ellos, se procederá a destituir de su cargo al acusado.

Del mismo modo el presidente preguntará a los miembros de la Sala Juzgadora si el acusado debe ser declarado inhábil para ocupar algún empleo dependiente de la Provincia, con lo que si los dos tercios de los integrantes votan por la afirmativa, así se declarará en la sentencia.

El artículo 112 de la Carta Magna provincial indica que quienes pueden ser sometidos a juicio político son el gobernador, el vicegobernador, los miembros del Tribunal Superior de Justicia y del Tribunal de Cuentas, los Ministros del Poder Ejecutivo, el Fiscal de Estado, el Fiscal General y el Defensor del Pueblo, por las causales de mal desempeño, delito en el ejercicio de sus funciones, delitos dolosos comunes, incapacidad física o psíquica sobreviniente o indignidad.

Al respecto la iniciativa del bloque juecista establece que la solicitud de Juicio Político no podrá contener a más de uno de los funcionarios mencionados, salvo que exista conexión.