Obligan a DASPU a afiliar a un portador de SIDA
Obligan a la obra social DASPU a aceptar como afiliado adherente a un ciudadano portador del virus del sida, según lo resuelto ayer por el Juzgado Federal Nº 2 de Córdoba.
En la oportunidad la sala B de
El demandante es empleado no docente de
Desde el año 1996 es portador sano de HIV y en la obra social le cubrieron siempre la medicación que los especialistas le recetaron para tratar su enfermedad sin tener en todos esos años ningún problema al respecto.
Sin embargo actualmente
Asimismo el ciudadano indicó que ha luchado para lograr cierto equilibrio en su estado de salud, cuidándose desde que contrajo la enfermedad para no perder la condición de portador sano y que jamás hizo conocer su dolencia porque su condición de homosexual es una agresión para algunas personas que lo rodean.
Agregó que en DASPU no fue discriminado, considerando que el traspaso a la nueva prestadora DASUTeN implica todo lo contrario ya que allí desarrollan tareas algunos de los que son sus compañeros de
El conflicto se suscita a partir del intento del amparista de incorporarse como beneficiario adherente al plan de prestaciones que brinda la demandada, pedido que fue rechazado por ésta última y que el accionante atribuye al hecho de ser portador de SIDA, agraviándose, entre otros motivos, por entender que es objeto de un trato discriminatorio por parte de la citada obra social.
Po
Expresa que fue por convenio celebrado entre DASPU y DASUTEN, que la primera le brindo cobertura en calidad de afiliado adherente hasta la rescisión del convenio oportunamente celebrado.