La Corte Interamericana de Derechos Humanos valoró positivamente la reforma adoptada por el Gobierno Nacional, lo cuál consideró una garantía para el ejercicio del derecho a la libre expresión
La Corte Interamericana de Derechos Humanos valoró positivamente la reforma de los tipos penales de calumnias e injurias adoptadas por el Gobierno argentino a través de la ley 26.551, que despenalizó las manifestaciones relacionadas con cuestiones de interés público.
La Corte, a través de un comunicado, estimó que el Estado "ha dado cumplimiento total” a su obligación de adecuar su derecho interno a la Convención Americana, corrigiendo las imprecisiones normativas vinculadas con la materia, y consecuentemente, "satisfaciendo los requerimientos de seguridad jurídica” y garantizando un "adecuado ejercicio del derecho a la libertad de expresión”.
En la resolución de fecha 18 de mayo de 2010 dictada en el contexto de supervisión de cumplimiento de la sentencia recaída en el caso "Kimel vs. Argentina” que se dio a conocer recientemente, el Alto Tribunal destacó que dicha modificación "efectivamente modifica la tipificación y sanción de los delitos de calumnia e injuria de forma que no incluyan expresiones a asuntos de interés público ni expresiones que no sean asertivas, y asigna como penas, por la comisión de dichos delitos, multas económicas”.