Aprobaron el proyecto de las “camas solares”

20/05/2010
Municipales - Concejo Deliberante
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Sin el apoyo de la UCR y del MAV se sancionó la nueva regulación para locales con esta aparatología

Aprobaron ayer por la mañana en el recinto el proyecto presentado por el concejal de Unión por Córdoba Juan Manuel Rufeil para la regulación de los locales que hagan uso de equipos de radiación UV, comúnmente denominados “camas solares”.

 

La propuesta fue acompañada por la mayoría de los bloques pero no se contó con el apoyo de la Unión Cívica Radical ni del Movimiento Acción Vecinal quienes argumentaron no estar de acuerdo con que la norma regule a los centros médicos que utilicen la aparatología con fines terapéuticos.

 

Los concejales de ambas bancadas expresaron su disconformidad con que una ordenanza que fue concebida para regular el uso de camas solares con fines estéticos trate de regular a los centros que lo hacen por motivos de salud, y señalaron que estos últimos ya tienen una serie de normativas que regulan su funcionamiento.

 

Sin embargo, luego de un extenso debate sobre si correspondía o no la incorporación de este tipo de locales en la ordenanza, y de que todos los concejales plantearan sus dudas, se procedió a la votación que sancionó la ordenanza.

 

Al presentar la relevancia del proyecto el concejal Rufeil informó que en el mes de julio del año pasado la Organización Mundial de la Salud reconoció que el uso de las camas solares puede generar cáncer en la piel y en los ojos. De hecho las cifras muestran que si se utilizan antes de los 30 años aumenta un 75% el riesgo de contraer la enfermedad.

 

Cabe recordar que el proyecto establece que se deberán realizar, de manera previa a la exposición en los equipos de radiación UV, un examen físico del paciente, como así también tendrán que completar una ficha médica. Además el negocio deberá contar con un Registro de Usuarios habilitado por la Autoridad de Aplicación (que sería la Dirección de Habilitación de Negocios, en conjunto con la Secretaría de Salud).

 

Asimismo deberán contar con el asesoramiento y asistencia de un profesional de medicina con especialidad en dermatología, y con un profesional habilitado como Responsable Técnico para que realice las tareas de mantenimiento y asistencia técnica, además del Servicio de Emergencia al día.

 

También será exigencia que se exhiban carteles en los locales y en publicidades con la leyenda: “Prohibida la utilización en menores de 18 años. Las radiaciones de éstos artefactos pueden provocar daños irreversibles en la Salud”.

 

Finalmente se determina que los locales tendrán un plazo de 60 días para adecuarse a los requerimientos de la norma, y de no hacerlo serán sancionados según lo estipula el Código de Faltas.