Proponen un nuevo Código de Espectáculos Públicos

16/05/2010
Municipales - Concejo Deliberante
alternative
Buscan ratificar la ordenanza inicial y evitar la necesidad de un decreto reglamentario del ejecutivo

Proponen la creación de un nuevo Código de Espectáculos Públicos que deje sin efecto la ordenanza sancionada el año pasado por el Concejo Deliberante y el decreto reglamentario elaborado por el  ejecutivo en el mes de marzo, que los concejales señalaron de excesivo y violatorio de la norma original, fruto de más de un año y medio de trabajo del cuerpo en una comisión creada especialmente para ello.

Desde el bloque Movimiento Acción Vecinal  (MAV) se impulsa este proyecto de ordenanza que, señalan, será idéntica a la anterior, pero especificará todos aquellos aspectos que no deberán ser modificados de ninguna manera, ni si quiera con un decreto reglamentario.

En este sentido expresan que la nueva norma “resultará tan reglamentaria que se podrá aplicar desde el momento mismo de su publicación, haciendo honor al trabajo realizado por la comisión especial de espectáculos públicos creada a tal efecto”.

Cabe destacar que dada la complejidad del tema que busca regularizar la ordenanza son muchos los puntos de conflicto entre las directivas elaboradas por el concejo y las del ejecutivo. Sin embargo los principales puntos que se buscó resguardar están relacionados a cuestiones determinantes, como los horarios de ingreso y egreso de los establecimientos, las habilitaciones, la venta de alcohol a menores, y la regulación de los cabarets.

Así, con respecto a los horarios de ingreso y egreso se vuelve a ratificar lo que decía la ordenanza original (que no se podrá ingresar más tarde de las 23:00 hs. no egresar luego de las 05:00 a.m.) y que la reglamentación había modificado sustancialmente al estipular que el horario de ingreso sería hasta las 02:30 a.m. sin especificar horario de salida. En el mismo artículo se señala prevenidamente que estos horarios son ineludibles, y que no se podrán variar ni condicionar “ni aún por vía reglamentaria”.

En el caso de las habilitaciones ocurre algo similar; mientras que la ordenanza inicial señalaba una serie de requisitos fundamentales de infraestructura seguridad e higiene (tales como el certificado de fin de obra, certificado de Bomberos, póliza de seguros, cobertura medico asistencial de emergencia, certificado de desinfección, etc.) y la posibilidad de tramitar una Habilitación Provisoria ante la falta de alguno de los requisitos (que podrá ser otorgada por única vez y por un plazo máximo de 120 días), el decreto agrega que luego de vencida esta habilitación se podrá otorgar una Habilitación Definitiva por un plazo de hasta diez años, si se cumplimenta con los papeles, o se podrá acceder a una Habilitación Especial “hasta tanto se subsane el inconveniente” . Ante esto, el MAV retoma lo determinado por la ordenanza original, y estipula que dichas disposiciones no se deberán modificar de ninguna manera.

Lo mismo ocurre con la estipulación de los tipos de locales: en varios de ellos encuentran modificadas las características señaladas, pero lo más grave es lo que se dispuso con respecto a los “cabarets”, ya que en el decreto reglamentario se vuelven a incorporar aspectos como la “libreta sanitaria”, o la prohibición del personal del local a salir en el horario de funcionamiento, que permiten indirectamente la prostitución y que habían sido intencionalmente eliminados de la ordenanza inicial, para evitar este tipo de actividades. En este caso también se ratifica lo dispuesto por la comisión de espectáculos públicos, y se prohíbe la modificación de lo sancionado.

Diferente es el caso de la venta de alcohol a menores, ya que cuando la ordenanza estipulaba la prohibición a menores de 18 años, en la reglamentación agregaba arbitrariamente que tampoco se podría vender a estos menores bebidas energizantes. La norma propuesta por el MAV finalmente incorpora esta última prohibición, agregando que lo estipulado no podrá modificarse por vía reglamentaria.

Con esta propuesta, entonces, el Bloque Movimiento Acción Vecinal busca una solución “rápida y eficaz” a este problema, limitando el poder del ejecutivo, y ratificando lo estipulado por la Comisión de Espectáculos Públicos, “fruto del esfuerzo y del consenso no solo de la totalidad de los bloques que integran el Concejo Deliberante, sino también de los titulares de los establecimientos de espectáculos públicos de la ciudad de Córdoba que conocían de la problemática, de Bomberos de la Provincia de Córdoba, de la Policía de la Provincia de Córdoba, de Asociaciones de padres involucrados en la problemática, de la Municipalidad de Córdoba (a través de áreas como espectáculos públicos, tribunal de cuentas, tránsito, entre otros.), de centros de estudiantes secundarios y universitarios, etc”.