La Zona Gris de la Constitución

05/05/2010
Provinciales - Juicio Político / Polémica
alternative
Rechazaron el pedido de juicio político contra los vocales del TSJ de Córdoba Sesín y Allocco. Se reabre una vieja discusión. Sucedió lo mismo en 2003 con Carbonetti
Declararon inadmisible el pedido de Juicio Político solicitado por el abogado José Manuel Moyano Nores contra los vocales del Tribunal Superior de Justicia, Carlos García Allocco y Domingo Juan Sesín argumentando una falla en la presentación formal.

El Tribunal Superior de Justicia le rechazó a Moyano un recurso de queja en el que éste reclamaba un recálculo de sus honorarios en una actuación de la quiebra de la empresa Meijide S.A. que él llevó adelante ante la Cámara Nacional de Comercio, por lo que el letrado decidió iniciar un pedido de juicio político contra los vocales.

El TSJ rechazó el planteamiento de Moyano por no haber incluido el dictamen del Ministerio Público de la Provincia que también le había sido adverso, por lo que la máxima autoridad judicial de Córdoba consideró que ante la ausencia de este requisito de forma, no se podía expedir sobre la cuestión de fondo.

Ante el pedido de juicio político en la Unicameral a través de una nota del propio Moyano, se reabrió nuevamente la vieja discusión sobre el procedimiento que debe llevar adelante la Legislatura ante situaciones como estas.

Según el artículo 114 de la Constitución Provincial, reformada en el año 2001, la Unicameral en la primera sesión ordinaria debería dividirse en dos salas que se in­te­grarían en forma pro­por­cio­nal a la re­pre­sen­ta­ción po­lí­ti­ca de sus miem­bros en aqué­lla.

La pri­me­ra tendría a su cargo la acu­sa­ción y la se­gun­da el juz­ga­mien­to. La sala acu­sa­do­ra sería pre­si­di­da por un le­gis­la­dor ele­gi­do de su seno y la juz­ga­do­ra por el Vi­ce­go­ber­na­dor, argumentos que fueron vertidos por todos los legisladores de la oposición, muchos de los cuales terminaron por abstenerse en la votación de este proyecto.

Por su parte el oficialismo esgrimió los mismos fundamentos con los que rechazó cada pedido de juicio político desde la conformación de la Unicameral, sosteniendo que el artículo 114 se refiere a la primera sesión ordinaria posterior a la aceptación del pleno a iniciar el proceso de juzgamiento, y no del período legislativo, por lo que si la Cámara no admite la acusación no tendría sentido conformar dichas salas.

Esta zona gris en la Constitución permite que se generen las dos interpretaciones. Por un lado la oposición sostiene que el oficialismo nunca va a aprobar someter a sus funcionarios a un proceso de este tipo, a la vez que el partido gobernante nunca reconocerá impericia alguna en la gestión de sus integrantes.

Asimismo Unión por Córdoba sostiene que de darle curso a la constitución de las salas, la Unicameral se convertiría en un “centro de denuncias” de todo tipo y por cualquier circunstancia, entorpeciendo no sólo el funcionamiento legislativo si no enviciando el espíritu del juicio político.

Por el contrario la oposición argumenta una y otra vez que estas formas procedimentales poco claras en la Carta Magna lo único que hacen es garantizar la impunidad de los funcionarios en el gobierno, impidiendo además el ejercicio de control del Poder Legislativo sobre el Poder Ejecutivo.

Estas dos posiciones encuentran argumentos sólidos a raíz de la indefinición –por error u omisión- por parte de los constitucionalistas que realizaron la reforma en el año 2001, situación que sólo podrá resolverse en la corrección de este artículo mediante una nueva reforma constitucional que garantice mecanismos claros y transparentes para juzgar o exonerar el mal desempeño de nuestros representantes.

Ya pasó en el 2003

La misma situación se vivió en aquel año cuando el bloque de la Unión Cívica Radical de la Unicameral, encabezado por el ex legislador Jorge Font, realizó la presentación de juicio político contra el ex fiscal de Estado y actual legislador provincial, Domingo Ángel Carbonetti.

En aquella oportunidad, que fue la primera vez que se utilizó un pedido de este tipo tras la reforma del 2001, comenzaron a darse las interpretaciones encontradas respecto al artículo 114 de la Carta Magna provincial.

Si bien no fue éste el argumento para desestimar el pedido de juicio político, porque arteramente la ex legisladora Adriana Domínguez (actual titular del Inadi Córdoba) del entonces bloque del ARI presentó a último momento un pedido similar al de la UCR pero con diversos defectos técnicos.

Estos defectos le facilitaron al oficialismo el rechazo del pedido de juicio político contra Carbonetti de Domínguez, activando de esta manera el proceso reglamentario que fija que debe pasar un año para presentar un nuevo pedido de juzgamiento a ese mismo funcionario, por lo que el proyecto de la UCR en aquel entonces debió desestimarse.

Lo que viene

Esta misma discusión sucederá la semana que viene cuando la Legislatura de Córdoba deba tratar el pedido de juicio político que el bloque del Frente Cívico y Social le inició al Ministro de Salud, Oscar González, ante supuestos incumplimientos de los deberes de funcionario público y hechos de corrupción. (VER NOTA:"Duro cruce entre Passerini y Birri")