Rechazaron amparo iniciado por pareja gay

09/04/2010
Provinciales - Derechos Humanos
alternative
La Municipalidad les denegó la solicitud para casarse y demandaron a la Provincia

El Juzgado en lo Civil y Comercial de Córdoba rechazó ayer la acción de amparo promovida en contra de la Provincia por dos personas del mismo sexo a quienes les fue denegada la solicitud de turno para contraer matrimonio por el Registro Civil municipal.

La demanda fue rechazada porque los peticionantes solicitaron el turno al Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la Municipalidad de Córdoba y la acción fue dirigida exclusivamente contra la Provincia de Córdoba.

En su resolución, el juez Federico Ossola precisó que la Municipalidad, autora de la denegatoria, no fue demandada y tampoco tuvo intervención alguna en el proceso.

"El sistema legal que rige el funcionamiento del Registro del estado Civil y Capacidad de las Personas es descentralizado, por lo que las Municipalidades, gozan de plena autonomía, tanto para autorizar la celebración de un matrimonio, como para denegar las peticiones que se efectúen con tal finalidad; sin necesidad de solicitar autorización al Registro Civil dependiente de la Provincia", señala el fallo.

La sentencia añade que condenar –eventualmente- al verdadero autor del acto, la Municipalidad de Córdoba, cuando no fue demandado por los actores, ni traído al proceso, importaría afectar gravemente la garantía del debido proceso que tiene raigambre constitucional.

El magistrado también aclaró que, si bien adhería a las corrientes que postulan un derecho procesal despojado de excesos de rigor formal, “los motivos de la denegatoria no se basan en cuestiones procesales estrictamente formales, sino –muy por el contrario- en razones que, si bien asentadas prima facie en el ámbito del Derecho Procesal, constituyen circunstancias que se elevan a la categoría de defensas de fondo", concluyó.