Comenzaron a debatir la tipificación de los delitos de lesa humanidad

06/04/2010
Nacionales - Senado de la Nación / Código Penal
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La presidenta de la Comisión aseguró que el dictamen de la iniciativa se estaría firmando dentro de dos semanas con la presencia del ministro Alak

La Comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado comenzaron ayer a debatir un proyecto de Ley con media sanción de Diputados para incorporar a los delitos de Lesa Humanidad dentro del Código Penal.

De todos modos, la presidenta de la Comisión, la justicialista disidente Sonia Escudero, aseguró que dentro de dos semanas con la presencia del ministro de Justicia Julio Alak, quien ayer suspendió su visita al Senado, se estaría firmando el dictamen de la iniciativa.

El proyecto propone una modificación al Código incorporando el artículo 142 ter que establece reclusión o prisión perpetua e inhabilitación absoluta y perpetua para el ejercicio de cualquier función pública y para tareas de seguridad privada al agente del Estado, persona o miembros de un grupo de personas que, actuando con la autorización del Estado prive de la libertad a una o más personas cuando este accionar esté seguido de la falta de información o de la negativa a reconocer dicha privación.

Además, la iniciativa prevé la misma pena cuando la víctima sea una persona nacida durante la desaparición forzada de su madre.

La pena prevista será de 8 a 20 años de prisión o reclusión cuando los autores o partícipes liberen con vida a la víctima o proporcionen información que permita su efectiva aparición con vida.

Durante el encuentro de ayer se hizo presente el especialista en derechos humanos Rodolfo Matarolo, quien sostuvo que el hecho de "que exista privación de libertad bajo cualquier forma, que el elemento estatal esté explícito o no explícito en los hechos que se juzgan y que no haya habido comunicación o información sobre las víctimas son los tres ejes clave que definen una desaparición forzada".

Además, el especialista remarcó que, en todos los casos, "este tipo de delitos implica que las víctimas fueron ubicadas al margen de la protección de la ley".

En la reunión de comisión Matarolo propuso que se establezca una pena de entre 8 y 25 años de cárcel para quienes hayan causado la desaparición forzada de una persona, aunque el delito no haya sido cometido en el marco de un ataque sistemático a la población, sino en forma individual.

El debate sobre la tipificación de los delitos de desaparición de personas en el Código Penal continuará dentro de dos semanas, con la presencia del ministro Alak y de otros funcionarios del área, como el secretario de Derechos Humanos, Alberto Luis Duhalde; según informó ayer la senadora salteña Sonia Escudero.