Landau y Abal Medina explicaron los impedimentos legales que no permiten a los diputados modificar los DNU y consideraron “ridículo†la pretensión de rechazar decretos derogados o que no han sido emitidos
El diputado nacional Jorge Landau (FPV-Buenos Aires) dijo que "es inexacto sostener que el plenario de la Cámara de Diputados esté facultado para modificar los alcances de un decreto de necesidad y urgencia del Poder Ejecutivo".
De este modo, el legislador ratificó la posición del Frente para la Victoria de la Cámara baja, al sostener que "la República de la que tanto habla la diputada Elisa Carrió no se construye forzando interpretaciones de la legislación para dotar de validez a una simple manifestación de voluntad" expresada por una parcialidad del plenario, al momento de debatirse el miércoles último el DNU 2010 de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner.
En ese sentido, consideró que "lo único cierto de los dichos de la diputada Carrió es que la Cámara de Diputados trató y rechazó un DNU que ya estaba derogado" a lo que agregó que "resulta incorrecto afirmar que se trata de un acto nulo mientras observe las formalidades del articulo 99, inciso 3, de la Constitución Nacional".
El diputado bonaerense sostuvo que "en todo caso es un acto anulable por los legisladores o por la Justicia si consideran que no están justificadas la necesidad o la urgencia" y añadió que "se equivoca intencionadamente Carrió al interpretar el sistema de nulidades que regula el Código Civil".
En ese sentido, indicó que el artículo 23 de la Ley 26122 determina que "las Cámaras no pueden introducir enmiendas, agregados o supresiones al texto del Poder Ejecutivo, debiendo circunscribirse a la aceptación o rechazo de la norma mediante el voto de la mayoría absoluta de los miembros presentes".
"En consecuencia, carece de eficacia jurídica que se le realicen agregados al texto del DNU (aún en la parte dispositiva) durante el tratamiento, que en este caso, sólo quedaron expresados como fundamentos del sentido del voto de la oposición", remarcó.
Por último, Landau indicó que restará ahora que el mismo DNU sea tratado por el Senado de la Nación, conforme el juego de mayorías establecido en la normativa vigente y respecto de la orden del día que contiene los dos dictámenes emitidos por la Comisión Bicameral, lo que demostrará que los agregados que se pretenden defender no tienen por si solos ninguna implicancia".
Respecto al bloque opositor en el Congreso de la Nación, el Secretario de la Gestión Pública, Juan Manuel Abal Medina, afirmó que "en menos de un mes, la oposición ha violado todas las normas y procedimientos que hacen a la calidad institucional del parlamento”.
En este sentido, Abal Medina detalló que "la oposición parece no haber leído el artículo 83 de la Constitución Nacional, que muy claramente establece que la insistencia a los vetos del Ejecutivo requiere una mayoría especial de dos tercios”.
Según el funcionario, "es escandaloso que además la oposición se dedique a derogar un decreto que ya había sido derogado, pero más ridículo es su pretensión de derogar decretos que aún no han sido emitidos”.
Para Abal Medina, "esta conducta se suma al maltrato que sufrió la Presidenta del Banco Central, Mercedes Marcó del Pont, a quien la oposición pretendió destituir sin siquiera escuchar y debatir sus argumentos”.
Por último, Abal Medina señaló que "si la oposición muestra en el Congreso este comportamiento tan reñido con la calidad institucional y la ética pública, resulta tenebroso imaginarlos con responsabilidades de gobierno”.