Proponen modificar las edades mínimas para conducir

18/03/2010
Provinciales - Unicameral
alternative
También pretenden regular la conducción de vehículos a tracción animal

Legisladores de los bloques Unión por Córdoba y Unión Cívica Radical propusieron proyectos para modificar distintos aspectos de las edades mínimas para conducir vehículos en la vía pública.

 

Mientras que el legislador Horacio Vega del oficialismo mantiene lo establecido en el reglamento vigente que dispone que para las clases de licencias C, D y E la edad mínima para conducir sea de veintiún años, Carlos Giaveno del radicalismo entendió que debía ser de diecinueve años.

 

Además Vega propone incorporar la edad de dieciséis años para conducir vehículos a tracción animal que la actual ley de tránsito no regula y que el proyecto radical tampoco contempla.

 

En este sentido el parlamentario oficialista propuso dicho agregado con el objeto de limitar el trabajo infantil y proteger la seguridad tanto de los ciudadanos como de los conductores de este tipo de vehículos.

 

En tanto la reducción en la edad mínima para conducir propuesta por el legislador radical se debe a que el 22 de diciembre del año pasado el gobierno nacional sancionó la ley a través de la cual se redujo el régimen de mayoría de edad de los diecinueve a los dieciocho años.

 

Por lo tanto Giaveno consideró necesario actualizar también el régimen legal vigente en materia de tránsito, ya que el no hacerlo “podría llevar a situaciones tales como la posibilidad de que una persona de veinte años sea propietaria de un cambión y en consecuencia pueda enajenarlo o comprarlo, e incluso responda civilmente por el mismo, pero no pueda conducirlo”, dijo el parlamentario en los fundamentos de la iniciativa.

 

Asimismo el proyecto de ley del legislador del centenario partido establece la edad de dieciocho años como edad mínima para la obtención de la licencia para conducir el resto de los vehículos no contemplados en las clases C, D y E.

 

De este modo se propone la eliminación de incisos de la ley de tránsito actual que fija la edad de dieciséis años para ciclomotores de hasta 50 centímetros cúbicos en tanto no lleven pasajeros, y dieciocho años para cuando las motocicletas superen ese tamaño.

 

Además, para armonizar la ley provincial de tránsito con la modificación propuesta Giaveno consideró necesario eliminar del texto actual en la clase A la exigencia de tener, cuando se trate de motocicletas de más de 150 centímetros cúbicos, previamente por dos años habilitación para motos de menor potencia, a excepción de los mayores de veintiún años.