Metidos
La Procuración General de la Nación pidió a la Corte Suprema de Justicia que ordene al Cuerpo Médico Forense que "no intervenga" en peritajes genéticos que tengan que ver con causas por apropiación de menores durante la dictadura militar, porque es el Banco Nacional de Datos Genéticos quien tiene actuación, de acuerdo a la ley 26.548.
"No obstante la claridad de lo dispuesto por la ley, que erige al Banco Nacional de Datos Genéticos como único organismo habilitado para la realización de estos peritajes, se han detectado una serie de casos en los que jueces de distintas jurisdicciones del país encargan la práctica de estos estudios al Cuerpo Médico Forense", dice el documento enviado por la Procuración.
Agrega que "el Cuerpo Médico Forense, al no contar con medios ni capacidad para la realización de estos estudios, delega con criterios dispares la realización de estos peritajes en laboratorios públicos o privados", provocando "conflictos y dilaciones procesales".
El texto lleva la firma del fiscal general Jorge Auat, a cargo de la Unidad Fiscal de Coordinación y Seguimiento de las causas por violaciones a los Derechos Humanos cometidas durante el terrorismo de Estado, de la Procuración, y va dirigido a la Unidad de Superintendencia para delitos de lesa humanidad de la Corte, a cargo de Alfredo Kraut y Walter Venditti.
"A nuestro juicio, se evitarían grandes conflictos y dilaciones procesales si la Corte Suprema ordenara al Cuerpo Médico Forense que no intervenga en este tipo de peritajes o bien que reenvíe al Banco Nacional de Datos Genéticos todo peritaje genético que le sea o le haya sido encomendado en el marco de una causa por apropiación de menores cometida en el marco del terrorismo de Estado", dice el texto enviado a la Corte.
La Procuración señaló que el régimen legalmente previsto por la acordada 42/08, y luego por la ley 26.548, para investigaciones sobre apropiación de menores, dice que "cuando sea necesario determinar en juicio la filiación de una persona, los jueces nacionales requerirán el examen genético pertinente al Banco de Datos Genéticos de la Nación ", que realizará los exámenes de histocompatibilidad genética.
El objeto del Banco Nacional de Datos Genéticos es garantizar la obtención, almacenamiento y análisis de la información genética que sea necesaria como prueba para el esclarecimiento de delitos de lesa humanidad cuya ejecución se haya iniciado en el ámbito del Estado nacional hasta diciembre de 1983, y que permita la búsqueda e identificación de hijos y/o hijas de personas desaparecidas, que hubiesen sido secuestrados junto a sus padres o hubiesen nacido durante el cautiverio de sus madres.
Esta ley, a su vez, estipula que el Banco tiene por función actuar a través de su director general técnico y el resto de los profesionales que lo integren como peritos oficiales exclusivos ante los jueces competentes en las causas penales que tengan por objeto la identificación, emitiendo dictámenes técnicos y realizando las pericias genéticas que les sean requeridas".
Según la Procuración, en este contexto "sería de inestimable utilidad que la Corte Suprema de Justicia de la Nación reglamentara la actuación del Cuerpo Médico Forense de conformidad con el esquema legal estatuido", porque de esta forma "se evitarían grandes conflictos y dilaciones procesales".