20 días de arresto para motociclistas que no tengan la patente grabada en el casco

18/12/2012
Provinciales - Unicameral
alternative
La Unicameral aprobará la ley del Ejecutivo Provincial modificando la ley de Tránsito y el Código de Faltas estableciendo la obligación del grabado en el casco

Hasta veinte días de arresto se aplicará a dueños, conductores de motos y acompañantes que no lleven cascos con la inscripción visible de la patente, cuando la Unicameral apruebe el proyecto de ley que presentó el Ejecutivo Provincial modificando la ley de Tránsito y el Código de Faltas.

El proyecto propicia la incorporación de la obligatoriedad de la inscripción del dominio de motocicletas o ciclomotores en los cascos del conductor y acompañante. Alega como fundamento la seguridad ciudadana, planteando esta propuesta por la proliferación de robos y asaltos con la modalidad conocida como motochorros.

“En general, los delincuentes que utilizan este modus operandi, transitan sin la correspondiente placa identificatoria del vehículo o con la misma en una ubicación poco visible”, rezan los argumentos del Ejecutivo. Asimismo, agregan, “utilizan casco para resguardar su identidad y evitar controles de la autoridad competente”.

De este modo, se espera que esta nueva exigencia facilite “la tarea de las fuerzas policiales y de seguridad en la preservación de la vida humana y del regular y más seguro tránsito en espacio urbanizado y rutas de nuestra provincia”.

Cabe aclarar que la exigencia no es aplicable exclusivamente al titular dominial o al conductor del rodado sino que, por el contrario, alcanza al acompañante que deberá usar también casco normalizado. Y agrega que en caso de que el motovehículo no tuviere parabrisas, su conductor use anteojos. El incumplimiento a esta obligación, será considerado falta grave y le serán aplicables las disposiciones del Código de Faltas de la Provincia de Córdoba.

La sanciones ante el incumplimiento se establecen mediante la incorporación de un artículo al Código de Faltas Provincial (el art. 92 bis),que fija multa de hasta cinco Unidades de Multa (5 UM) o arresto de hasta veinte (20) días; y secuestro del motovehículo, hasta que el infractor acredite por ante autoridad competente la regularización de la situación y cumplimiento de  los requisitos legales exigibles.

Cabe recordar que el pasado 14 de noviembre la Unicameral sancionó, con el rechazo de casi todo el arco opositor, la ley que exige el grabado indeleble del número de dominio en autos y motos. En el caso de vehículos, el grabado se realizará en el capot, en todas las puertas y tapa del baúl mientras que en los moto vehículos, se realizará como mínimo en tres partes (Ver Será obligatorio el grabado indeleble de las patentes en autos y motos).