De Loredo insiste con la inconstitucionalidad de la Tasa Vial
El legislador de la Unión Cívica Radical (UCR), Rodrigo de Loredo, reiteró la inconstitucionalidad del impuesto al combustible y repudió la “constate estrategia de victimización del gobernador De la Sota” utilizando la crisis de las finanzas provinciales para “justificar ajustes, recortes y nuevos impuestos que perjudican a todos los cordobeses”.
De acuerdo a como se constituyó la Tasa Vial, de Loredo sostuvo a través de un comunicado de prensa que “debe ser derogada en los Tribunales” al tratarse de un impuesto y no de una tasa, con la que el gobierno estaría incumpliendo la ley nacional de coparticipación.
Dicha norma establece la obligación de no aplicar gravámenes locales similares a los nacionales ni a las materias primas utilizadas en la elaboración de productos sujetos a los tributos a que se refiere la ley, como es el caso de los combustibles y GNC que ya están alcanzados por impuestos nacionales, como de los Combustibles Líquidos y el Gas Natural.
El legislador radical afirmó además que, “aún cuando se tratase de una tasa, el tributo tampoco sería válido ya que la única excepción que determina la misma norma tiene que ver con tasas retributivas de servicios efectivamente prestados”, inexistentes en la tasa vial.
Para de Loredo, el gobierno procede de manera “ilegítima e inconstitucional” en cuanto a la aplicación de impuestos de acuerdo a las leyes de naturaleza tributaria, ya que para poder sancionar el del combustible de acuerdo a lo que establece la Constitución Provincial, debería haberse debatido en doble lectura y con una audiencia pública de por medio.
En este sentido el legislador del centenario partido advirtió que el planteo de victimización de la provincia “es falso toda vez que con el impuesto al combustible, además de otros ajustes tributarios y recortes como el caso del diferimiento a los aumentos jubilatorios, De la Sota logrará recaudar más de mil millones más de lo que necesita para subsanar el déficit de la Caja de Jubilaciones”.
La Tasa Vial fue creada bajo el objetivo de retribuir lo recaudado en el mantenimiento, conservación, modificación y mejoramiento de todo el trazado que integra la red caminera provincial; mientras que se establecía como destinatarios a todos los usuarios, efectivos o potenciales, de la red caminera provincial, que consuman o adquieran combustible y GNC en el territorio de la Provincia.
La Corte suprema de Justicia señaló que el cobro de dicho tributo debe corresponderle siempre la concreta, efectiva e individualizada prestación de un servicio, y según de Loredo “los servicios previstos no son concretos, sino abstractos, genéricos, vagos e indeterminados al hacer referencia a futuros, hipotéticos y contingentes sucesos como los son el mantenimiento, la conservación, la modificación o el mejoramiento de la red caminera provincial”.
“Los aparentes servicios no son individualizados sino que se trataría de los que se vinculan indeterminadamente con cualquiera y con nadie en particular, por lo tanto, se trata de un impuesto” aseguró el parlamentario.