TSJ dictó normas para evitar conflictos por la implementación de la Ley contra el Narcotráfico
El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) emitió normas que determinan una serie de delitos desfederalizados, que serán investigados por los tribunales provinciales con la finalidad de prevenir los conflictos de competencia que pudieran suscitarse por la implementación de la Ley de Lucha contra el Narcotráfico.
De esta manera, la Justicia de Córdoba intervendrá en la investigación de causas por tenencia; tenencia para consumo personal; tenencia con fines de comercialización; comercialización de estupefacientes y en la entrega, suministro o facilitación de estupefacientes.
También tendrá a su cargo los casos de siembra o cultivo de estupefacientes para consumo personal; confabulación para cometer los delitos comprendidos en los delitos de tráfico desfederalizados; facilitación de un lugar para el consumo de estupefacientes; suministro infiel o indebido de sustancias medicinales.
Como así también, suministro indebido culposo de sustancias medicinales; incumplimiento de deberes para evitar el suministro infiel o indebido de sustancias medicinales; producción o fabricación indebida de sustancias medicinales; y venta de sustancias medicinales sin autorización.
Este catálogo de figuras delictivas se elaboró sobre la base de la Ley Nacional de Estupefacientes y de las resoluciones dictadas la Corte Suprema de Justicia de la Nación en relación con los conflictos de jurisdicción suscitados entre los tribunales bonaerenses y los juzgados federales cuando la Provincia de Buenos Aires adhirió a la norma nacional y asumió parte de la competencia para la investigación y el juzgamiento de estos delitos.
El TSJ explicó que el criterio seguido para esclarecer el alcance de la competencia provincial se basa en los principios de política criminal que inspiraron la desfederalización: dejar afuera de la jurisdicción federal aquellos hechos que significarían “el último eslabón de la cadena de comercialización” por “la inmediatez con la que puede actuar en esos casos la Justicia local en el interior del país".
El Acuerdo también dispone una serie de normas prácticas para la implementación de la competencia en materia de delitos vinculados con la lucha contra el narcotráfico. En primer lugar, recomienda a los tribunales provinciales que, antes de declararse incompetentes por conexidad subjetiva con otra causa tramitada ante la Justicia Federal, constaten que este proceso se encuentre en trámite y en paridad de etapa, para evitar así acumulaciones inconducentes.
El Máximo Tribunal remarcó que, si bien en caso de duda sobre la competencia prevalecerá la justicia federal, la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia ha rechazado reiteradamente la prematura declinatoria de la jurisdicción provincial cuando no se encuentra precedida por una investigación que permita darle precisión a los hechos y determinar las calificaciones que le pueden ser atribuidas.
Finalmente, la resolución califica como una “omisión que provoca un notable perjuicio para la administración de justicia” la falta de realización de medidas urgentes (tales como el registro de la vivienda) por existir dudas sobre la competencia.