Transporte Seguro

17/11/2009
Municipales - Medio Ambiente
alternative
Aprobaron la prohibición del uso de bolsas de material no degradable para contener mercadería expendida en los supermercados

La comisión de Salud Pública del Concejo Deliberante aprobó por unanimidad con modificaciones, el proyecto de ordenanza para prohibir el uso de bolsas de material no degradable para contener mercadería expendida en supermercados e hipermercados de la ciudad de Córdoba.

La iniciativa, presentada por la concejal del bloque vicentista Frente Progresista Laura Ortiz, exceptúa de dicha prohibición los casos en que el contenido a envasar sean húmedos o que, por sus características, sea necesario utilizar bolsas no degradables.

El proyecto aprobado ayer en Salud, pasará a la comisión de Legislación General para su correspondiente estudio.

Por otro lado se incorporará al Código de Faltas Municipal en el capítulo referido a Medio Ambiente, un inciso para establecer una multa de 200 a mil pesos por incumplimiento de la norma y en caso de reincidencia, el juez podrá disponer la clausura del local comercial por el lapso de 72 horas.

También se dispone que el órgano de aplicación será la Dirección de Habilitación de Negocios. La ordenanza comenzará a regir al año de su promulgación.

Estancados

La comisión aprobó también pero por mayoría, ya que no contó con el voto del bloque Movimiento Acción Vecinal presidido por Olga Ruitort, la obligatoriedad semestral para la limpieza de tanques proveedores de agua potable domiciliaria para todos los edificios privados, comerciales, industriales, empresas que manipulen o procesen alimentos y todos aquellos que tengan actividades relacionadas con la atención al público.

Solarium

También se debatió en el seno de la comisión el proyecto de ordenanza que modifica la norma sobre camas solares, iniciado por el concejal Juan Manuel Rufeil, que fue aprobado por mayoría con modificaciones y pasa a la comisión de Legislación Social para su tratamiento.

Las modificaciones a la ordenanza vigente de camas solares establecen que los mayores de 18 años y menores de 21 deberán contar con autorización fehaciente expresa de sus padres, y están prohibidas para menores de 18 años.

Los locales deberán colocar un cartel en un lugar visible con la leyenda “Prohibida la utilización de camas solares para menores de 18 años de edad. Las radiaciones de estos artefactos pueden provocar daños irreversibles en la salud”.

Además, y conforme a los que se determine por vía reglamentaria, deberá colocarse información relativa a la modalidad de uso, a los riesgos, advertencias a embarazadas, identificación y número de matrícula del asesor profesional del establecimiento.

Por último, la comisión aprobó por unanimidad el pedido de informes al Departamento Ejecutivo Municipal referido al Parque General San Martín, presentado por la concejal del bloque del Frente Cívico y Social, Graciela Villata.