Se aprobó la regulación de la práctica del Painball
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Córdoba, aprobó esta mañana la regulación de la práctica del Painball, iniciado por el concejal de Unión por Córdoba (UPC), Carlos Mercado.
En este sentido, el edil agradeció a la comisión de Deportes y a todos los bloques por la aprobación del proyecto y rescató los aportes de su par por la Unión Cívica Radical (UCR), Gustavo Fonseca, sobre velocidad de la pelota, adhesión a las normas IRAM, edad de los jugadores, entre otras.
El proyecto regula este juego o deporte, estableciendo las obligaciones, prohibiciones, infracciones y condiciones para habilitar los espacios de práctica.
La ordenanza establece que este juego o deporte sólo podrá situarse en áreas semi urbanas o rurales, observando un retiro mínimo de cien metros con respecto a parcelas que posean construcciones destinadas al uso permanente u ocasional por parte de una o más personas.
Así mismo, se prohíbe la práctica del deporte paintball, en cualquiera de sus modalidades recreativas o competitivas, a quienes resulten menores de 14 años, según las disposiciones del Código Civil.
Por su parte, los menores adultos (mayores de 14 a 18 años) deberán contar para su práctica con autorización escrita de quienes ejerzan sobre ellos la patria potestad y deberán estar acompañados de un adulto responsable mayor de edad y ajeno al establecimiento en que se lo practique.
Además todos los jugadores deberán contar en forma obligatoria con protectores de seguridad cuando se encuentren dentro de los sectores de prueba y práctica. Como así también, llevar en forma obligatoria indumentaria que cubra todo el cuerpo. Todos estos elementos deberán tener certificación internacional de normas ASTM.
La iniciativa reglamenta además, sobre las normas que deben cumplir los establecimientos y el titular del lugar dedicado a la práctica de paintball para su habilitación y práctica del deporte o juego. Las infracciones a las normas prescriptas en esta Ordenanza, serán sancionadas conforme las disposiciones del Código Municipal de Faltas.
La autoridad de aplicación y fiscalización y control del cumplimiento de la ordenanza será la Dirección de Deportes y Recreación dependiente de la Secretaria de Desarrollo Social y Deportes y/o la Dirección de habilitación de Negocios de la Municipalidad de la Ciudad de Córdoba.
Además, se aprobó por unanimidad, el convenio entre el Archivo Provincial de la Memoria y la Municipalidad de Córdoba, iniciado por el Departamento Ejecutivo Municipal.
El convenio, suscrito el 18 de junio de 2011, impulsa la realización de acciones conjuntas entre el Programa de Historia Barrial con dependencia funcional de la Dirección General de Políticas Vecinales y el Archivo Provincial de la Memoria.
En relación a esto, la concejala por el bloque de la Unión Cívica Radical (UCR), Alalía Romero aseguró que el convenio hace referencia a la realización de acciones conjuntas entre el Programa Barrial y el Archivo Provincial. “El objetivo es realizar acciones conjuntas destinadas a la cooperación del rescate de la memoria barrial, coordinando actividades y programas, autorizando la difusión de los productos”, destacó.
Además se declaró de Interés Legislativo las actividades de la semana del Municipalismo Iberoamericano - “Buen Gobierno y Calidad de la Democracia Local”. iniciado por ediles de Unión por Córdoba.
Por otra parte, se solicitó al Departamento Ejecutivo Municipal que distinga como “Huésped de Honor” de la ciudad de Córdoba al Nuncio Monseñor, Emil Paul Tscherrig, impulsado por la concejal de UPC, Claudia Martínez.