Solicitan el urgente tratamiento del proyecto para establecer el protocolo de abortos no punibles
El Legislador socialista y presidente del bloque del Frente Cívico, Roberto Birri, solicitó el urgente tratamiento de un proyecto de ley de su autoría, que establece el Protocolo de Abortos No punibles para aplicar en los nosocomios provinciales, con el fin de “terminar definitivamente con las medidas judiciales que actualmente impiden su aplicación”.
En el día de hoy, ante una nueva medida judicial dispuesta por la Cámara de Apelaciones de Córdoba que impide la aplicación del Protocolo en casos de abortos No Punibles, el parlamentario socialista expresó que: “en la Legislatura, recientemente promoví un proyecto de ley que establece el Protocolo y considero que, de aprobarse el mismo terminaríamos con esta situación de incertidumbre y judicialización de esta cuestión, donde innumerables ciudadanas de Córdoba no pueden ejercer un derecho que legítimamente les corresponde”.
La iniciativa tiene por objeto regular el procedimiento a llevar a cabo por los médicos en los establecimientos asistenciales dependientes del Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba.
En este sentido, Birri propone que en los casos de aborto no punible los servicios de salud deberán garantizar la realización de un diagnóstico y las intervenciones médicas necesarias para la interrupción del embarazo sin riesgos; y la atención médica y psicológica a la mujer pre y post aborto.
También, el proyecto aclara que las prácticas profesionales no configuran casos judicializables, por lo que se efectivizarán sin requerir autorización judicial previa.
Asimismo, en la iniciativa se establece que ante el peligro para la vida o para la salud de la mujer, la interrupción del embarazo debe ser fehacientemente diagnosticado por el equipo interdisciplinario de profesionales de la salud que corresponda. En tanto, inmediatamente después de haberse producido dicha comprobación, el profesional de la salud tratante está obligado a informar a la mujer embarazada, explicándole de manera clara y acorde a su capacidad de comprensión, el diagnóstico y pronóstico del cuadro que la afecta y la posibilidad de interrumpir el embarazo.
Igualmente, establece que si una mujer afectada por alguna discapacidad mental hubiera quedado embarazada como consecuencia de una violación o atentado al pudor y ella o su representante legal solicitaren la interrupción de la gestación quien la represente debe solicitar declaración jurada. No se debe requerir ningún otro tipo de constancia, documentación o información, ni realizar gestión alguna ante otras personas o instituciones.
Del mismo modo, cuando el embarazo sea producto de una violación, el médico tratante debe solicitar declaración jurada de la mujer, o su representante legal.
En los casos de niños y adolescentes menores de 14 años, se requerirá la asistencia de los padres, tutores o encargados para acceder a la práctica del aborto.
Birri propone que la instrucción de los médicos esté a cargo del Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud, al igual que la supervisión y control respecto del cumplimiento de las condiciones obstétricas mínimas de los servicios de salud que brinden las prestaciones comprendidas en la presente Ley.
El proyecto también establece que la evacuación de las medidas necesarias para la determinación de una causal de aborto no punible, y para su realización no deberá insumir un plazo mayor de diez días siguientes a la solicitud de la mujer o quien estuviera autorizado a solicitarlo.