El proyecto de voto joven recibió dictamen favorable en el Senado

03/10/2012
Nacionales - Reforma al Código Electoral
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Se trata del proyecto que habilitar el voto de los jóvenes a partir de los 16 años. En tanto será tratado en el recinto de la Cámara alta el 17 de octubre

El proyecto de ley que prevé habilitar el voto de los jóvenes desde los 16 años recibió este mediodía dictamen favorable en la comisión de Asuntos Constitucionales del Senado.

La iniciativa del senador Aníbal Fernández y de la senadora Elena Corregido será tratada en el recinto de la Cámara alta el 17 de octubre, según anticipó la legisladora.

El proyecto apunta a que los jóvenes puedan optar por votar a partir de los 16 años, así como el que permite que sean electores nacionales los extranjeros residentes durante al menos dos años en el país, serán debatidos en la Cámara de Senadores desde esta semana.    

La propuesta implica modificar el artículo 7 del Código Electoral que, a partir de la aprobación de la iniciativa, establecería que “los argentinos que hubieren cumplido la edad de dieciséis gozan de todos los derechos políticos conforme a la Constitución y a las leyes de la República”.    

Además, la norma sustituiría incisos de otros artículos para introducir la edad de 16 años, en lugar de la actual de 18. De acuerdo con sus fundamentos se intenta “constituir un nuevo paso en el proceso de construcción de mayor ciudadanía para esta franja de la juventud”.    

También, se reconoce a los jóvenes “capacidades y potencialidades hasta ahora invisibilizadas por una parte de la sociedad”.    

“La recuperación de la confianza en la política como herramienta transformadora de la realidad, operada a partir de la asunción del gobierno nacional por parte de Néstor Carlos Kirchner y profundizada en la gestión de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, han hecho posible que comencemos a transitar este camino”, resalta en sus fundamentos el expediente de sólo cinco artículos.    

Además, se subraya “el aliento brindado a la señora Presidenta por miles de jóvenes y su genuina expresión de voluntad de sumarse a los cambios políticos, sociales y económicos que su gobierno representa, como así también al modelo de crecimiento con inclusión social y redistribución de la riqueza” es lo que convencen a los autores del proyecto de “la necesidad de modificar la edad mínima requerida para votar”.   

La segunda iniciativa pasa a considerar como electores nacionales a los extranjeros a partir de los dos años de obtenida su residencia permanente.   

La iniciativa establece que "el Registro Nacional de las Personas deberá remitir al Registro Nacional de Electores, en forma electrónica, los datos que correspondan a los electores y futuros electores, incluidos los extranjeros que obtengan la residencia permanente, consignando, en este último caso, la fecha de obtención de tal calidad".    

Los fundamentos de la iniciativa remarcan que el andamiaje "del sistema democrático echa por tierra cualquier elemento para excluir a los extranjeros residentes del derecho a elegir".   

La iniciativa hace hincapié el Preámbulo de la Constitución Argentina que fue redactada "para beneficio de la generación constituyente, para su posteridad y para todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino".    

Según la norma, "la invitación del Preámbulo proporciona mayor amplitud a lo preceptuado por el artículo 20 de la Constitución Nacional en tanto reconoce expresos derechos a los extranjeros".