El carnet de conductor concedido a un menor no libera de responsabilidad a los padres
Los padres de un menor concurren a responder pecuniariamente por los perjuicios generados por su hijo como conductor de un vehículo, incluso cuando el joven hubiera contado con carnet de manejo habilitante.
Así lo estableció la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de 4ª Nominación, que, sin embargo, precisó que el monto indemnizatorio debe disminuirse si la víctima, no obstante haber perdido la vida, accedió a ser transportada en la caja de una camioneta, pese a los riesgos que ello implicaba.
En la resolución, el vocal Raúl Fernández esgrimió que no se enrola en la tesis según la cual, tratándose de menores adultos (mayores de 16 años), la habilitación concedida por el Estado para conducir, exonera de responsabilidad a los padres.
“No comparto ese modo de ver las cosas, pues sería muy fácil para los padres eludir la responsabilidad que les compete por los daños que cometiera su hijo, con el sólo hecho de autorizarlo a que obtenga el carnet de conductor, en desmedro de los derechos de las potenciales víctimas”, argumentó.
El camarista agregó que tampoco debe perderse de vista que la legislación provincial, para el otorgamiento de la licencia de conductor a menores, exige la autorización del representante legal y hasta prevé la posibilidad de retractación, con efecto anulatorio de la otorgada, “lo que pone en evidencia la intención del legislador -en similar sentido al de la ley nacional- de mantener la exigencia de control paterno sobre la actividad de un hijo al volante”.
Por otra parte, el vocal, a cuyo voto se adhirieron sus pares, Miguel Bustos Argañarás y Cristina González de la Vega, destacó que las circunstancias que rodearon el hecho llevaban a “disminuir la responsabilidad de los demandados” (el menor y los padres de este).