Casación dejó firme el fallo contra Menéndez en causa Brandalisis

14/09/2012
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Se trata de la resolución que lo condena a perpetua. Esta causa fue la primera en llegar a juicio en Córdoba y tras varios años estancados en Casación, la Corte hoy resolvió ratificar el fallo de primera instancia

La Cámara de Casación Penal de la Nación dejó firme la sentencia contra el represor, Luciano Benjamín Menéndez en la causa que juzgaba la desaparición forzada de Hilda Flora Palacios, Humberto Horacio Brandalisis, Carlos Lajas y Raúl Osvaldo Cardozo, asesinados en un operativo montado por efectivos militares del Tercer Cuerpo de Ejército en diciembre de 1977.

Tras ese fallo y pretendiendo alargar el camino, las defensas de los represores recurrieron a la Casación, donde los magistrados de la Sala III se tomaron dos años para reflexionar y confirmaron todos los términos de la sentencia.

La Corte finalmente confirmó la condena de la causa Brandalisis. Aquel juicio, culminado en julio de 2008, supuso la primera condena a prisión perpetua contra Menéndez, que estuvo acompañado por otros 7 torturadores de La Perla.

Hoy el Máximo Tribunal desestimó un recurso de queja presentado por la defensa de los represores, tras los lo resuelto por la Cámara de Casación, que había coincidido con el tribunal de Córdoba en el dictamen de 2008. En tanto quedó firme aquella sentencia.

En aquel entonces el ex jefe del Tercer Cuerpo de Ejército y otros cuatro represores fueron condenados por el Tribunal Oral Federal N1 de Córdoba a prisión perpetua, mientras que otros tres fueron sentenciados a penas de entre 18 y 22 años.

Las condenas debían ser cumplidas en cárcel común, medida que luego fue apelada en Casación y se dio lugar al pedido de los represores, otorgándoseles el beneficio a domiciliaria. 

La Jueza Cristina Garzón de Lascano había avalado un fallo firmado el 30 de abril del 2009 por Casación, que hacía lugar a un reclamo de la defensa de Menéndez, que se había quejado porque el tribunal oral cordobés lo envió a prisión.

Ese cuerpo se amparó en que el ex jefe del Tercer Cuerpo del Ejército cumplía con uno de los requisitos previstos en la ley para poder obtener la prisión domiciliaria, que era tener más de 70 años. Además, el tribunal también dispuso anular las detenciones comunes de los represores Luis Alberto Manzinelli y Carlos Alberto Vega, condenados en el mismo juicio oral que Menéndez.

Las penas otorgadas en 2008 por los jueces Jaime Díaz Gavier (presidente del tribunal), Carlos Otero Álvarez y Vicente Muscará se correspondían a las pedidas por el fiscal Maximiliano Hairabedian que también incluyeron la inhabilitación perpetua como funcionarios públicos.

En aquel entonces, haciendo uso del derecho a la última palabra, Menéndez volvió a reivindicar la represión. Todos los otros acusados, salvo Jorge Acosta, quien no hizo descargo alguno, habían declamado su inocencia.

En tanto, Luciano Benjamín Menéndez, junto a Luis Alberto Manzanelli, suboficial integrante de la OP3, Carlos Alberto Díaz, suboficial integrante de la OP3, Oreste Valentín Padován, suboficial integrante de la OP3, Oreste Valentín Padován, suboficial integrante de la OP3 y Ricardo Alberto Ramón Lardone, Personal civil de Inteligencia en La Perla, fueron condenados a Prisión Perpetua.

Mientras que Hermes Oscar Rodriguez (fallecido), ex segundo jefe del Destacamento de Inteligencia 141, Jorge Exequiel Acosta, jefe operativo de La Perla, fueron condenados a 22 años de prisión. Carlos Alberto Vega,  suboficial integrante de la OP3, obtuvo la menor de las penas, 18 años de prisión.