Defensor de uno de los condenados por el uso de agroquímicos confirmó que apelará
El abogado defensor del condenado aeroaplicador Edgardo Pauncello, Alejandro Pérez Moreno, quien defiende condenado a la Cámara Primera del Crimen, confirmó hoy que apelará el fallo que sentenció a su defendido a tres año de prisión de ejecución condicional.
Tras escuchar los fundamentos del la sentencia, el abogado dijo que “evidentemente me sentía vencido, pero no convencido, y la sentencia debía convencer”.
“Conociendo la prueba, habiendo palpitado y vivido palmo a palmo este debate junto con los jueces y los fiscales, entiendo que no es de ningún argumento sólido que destruya la posición de inocencia de mi cliente, pero voy a recurrir al máximo Tribunal de la Provincia, para que revise la sentencia, y así de esta forma conseguir la absolución.”
El 21 de agosto la Cámara 1ª del Crimen de Córdoba condenó a Jorge Parra, propietario de un campo cultivado con soja, próximo al barrio Ituzaingó Anexo, y a Pauncello a tres años de prisión de ejecución condicional (Ver: Dos condenados y un absuelto en el juicio por los agroquímicos en Barrio Ituzaingó).
A Parra lo encontraron autor del delito de contaminación ambiental penado por la Ley de Residuos Peligrosos (Nº 24051), en forma continuada, por un hecho ocurrido entre octubre de 2003 y febrero de 2004, y, por mayoría, por otro sucedido en 2008.
Los camaristas también dispusieron que, durante cuatro años, Parra deberá cumplir como regla de conducta "diez horas semanales de trabajo no remunerado", a favor "del estado o de instituciones de bien público, vinculadas a la salud", al tiempo que quedó inhabilitado "durante ocho años para el ejercicio de la actividad de aplicación de productos agroquímicos".
Asimismo, los vocales Lorenzo Rodríguez, Mario Capdevilla y Susana Cordi Moreno, por mayoría, condenaron al piloto Pancello a tres años de ejecución condicional por considerarlo coautor del delito de contaminación ambiental por el hecho ocurrido en 2008.
Los camaristas también resolvieron que, durante tres años, Pancello, que fue inhabilitado durante diez años "para el ejercicio de la actividad de aplicación de productos agroquímicos", deberá realizar trabajos comunitarios no remunerables durante ocho horas semanales, "a favor del estado o de una institución de bien público dedicada a la salud".
Mientras tanto, el tribunal absolvió al productor Jorge Alberto Gabrielli, tal como había pedido el fiscal Marcelo Novillo Corbalán en el momento de efectuar sus alegatos por considerar que faltaban pruebas determinantes y por aplicación del principio de presunción de inocencia.
Los hechos juzgados por el tribunal ocurrieron cuando la Municipalidad de la ciudad de Córdoba ya había declarado al grupo poblacional de barrio Ituzaingó Anexo en emergencia sanitaria, entre otras razones, por la presencia de productos agroquímicos contaminantes.
Según la acusación, en las fumigaciones realizadas sobre los campos ubicados en la inmediaciones de barrio Ituzaingó se utilizó endosulfán y glifosato, en violación a la Ley de Agroquímicos de Córdoba N° 9164, que prohíbe la aplicación aérea de dichos productos agroquímicos en un radio menor a los 1.500 y 500 metros de distancia de las poblaciones urbanas, respectivamente.