Frente Cívico presentó adhesión al fallo en el juicio por fumigaciones

22/08/2012
Provinciales - Unicameral
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El beneplácito declara que el ditamen de la Cámara del Crimen marcará un hito histórico, determinando la culpabilidad de los productores imputados del delito de contaminación

El Frente Cívico presentò un proyecto de adhesión al fallo dictaminado ayer por la Càmara del Crimen,  en el juicio a las fumigaciones en Barrio Ituzaingò Anexo, donde se dispuso la condena condicional para el productor, Jorge Parra y para el piloto, Edgardo Jorge Pancello, y la absolución del productor,  Jorge Alberto Gabrielli.

Desde el FC, fundamentan que se desarrolló en Córdoba un juicio histórico que comenzó en el mes de junio en el que se juzgó por primera vez en el país, “la responsabilidad de productores agropecuarios respecto al uso ilegal de sustancias tóxicas”.

Lo que el fallo pone de manifiesto, declara el beneplácito, “es la visibilidad que debe darse al tema de los agrotóxicos y su impacto en la sociedad. De ello, debemos tomar debida nota y reflexionar”.

En ese sentido, el bloque declara que desde el  año 2008 han propuesto modificaciones a la ley 9164, basadas en fundamentos científicos y en el reclamo de organizaciones ambientales y ciudadanos del interior preocupados por la problemática.

Como así también, “participamos de distintos foros que organizamos sobre la problemática; algunos aquí, en la Sala Regino Maders; acompañando además toda iniciativa en ese sentido. Lo que hemos tratado es de darle visibilidad al problema, ponerlo en la agenda pública provincial, para que sea tratado como tema de Estado”.

El beneplácito finaliza expresando que a partir de éste fallo, “no se puede ocultar mas el problema o esquivarlo, desde el punto de vista político. Es hora de sentarse con todos los sectores involucrados a buscar soluciones, pues como lo repetimos en infinidad de oportunidades  pues resulta incompatible el progreso a costa de la salud de la ciudadanía

Por su parte, el Presidente del bloque FC, Roberto Birri, acentúo la importancia de este juicio para  la justicia de Córdoba y el país, ya que es “un paso importante a favor de la salud y el ambiente”.

El legislador socialista, agregó que: “este paso que ha dado la justicia, debe servir para acelerar el debate tendiente a modificar las leyes vigentes, priorizando la vida, la salud y el ambiente por sobre los intereses económicos. Es necesario una nueva legislación y una política seria de control en el uso de agroquímicos a nivel provincial y nacional.”

Recordemos que anoche, la Cámara 1ª del Crimen de Córdoba impuso dos condenas de ejecución condicional y una absolución, en el marco del juicio que se seguía a tres imputados de contaminar, mediante el uso de agroquímicos, en una zona barrial de la capital provincial. (Ver: Dos condenados y un absuelto en el juicio por los agroquímicos en Barrio Ituzaingó).

El tribunal, por unanimidad y luego de más de nueve horas de deliberaciones, condenó a Jorge Parra, propietario de un campo cultivado con soja, próximo al barrio Ituzaingó Anexo, a tres años de prisión de ejecución condicional.

A Parra lo encontraron autor del delito de contaminación ambiental penado por la Ley de Residuos Peligrosos (Nº 24051), en forma continuada, por un hecho ocurrido entre octubre de 2003 y febrero de 2004, y, por mayoría, por otro sucedido en 2008.

Asimismo, los vocales, Lorenzo Rodríguez, Mario Capdevilla y Susana Cordi Moreno, por mayoría, condenaron al piloto, Edgardo Jorge Pancello, a tres años de ejecución condicional por considerarlo coautor del delito de contaminación ambiental por el hecho ocurrido en 2008.

Mientras tanto, el tribunal absolvió al productor, Jorge Alberto Gabrielli, tal como había pedido el fiscal Marcelo Novillo Corbalán en el momento de efectuar sus alegatos por considerar que faltaban pruebas determinantes y por aplicación del principio de presunción de inocencia.

Según la acusación, en las fumigaciones realizadas sobre los campos ubicados en la inmediaciones de barrio Ituzaingó se utilizó endosulfán y glifosato, en violación a la Ley de Agroquímicos de Córdoba N° 9164, que prohíbe la aplicación aérea de dichos productos agroquímicos en un radio menor a los 1.500 y 500 metros de distancia de las poblaciones urbanas, respectivamente.