Admiten amparo contra la ley que difiere el pago de aumentos a jubilados provinciales

10/08/2012
Provinciales - Justicia
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Los amparistas piden que la Caja de Jubilaciones se abstenga de aplicar la norma. Será resuelta la semana próxima. El gobierno salió al cruce informando la situación de los amparistas en la Caja de Jubilaciones

El Juzgado en lo Civil y Comercial de 49ª Nominación de Córdoba admitió hoy dos acciones de amparo presentadas esta misma mañana por jubilados que aportaron a la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba en contra de la Ley de Reforma en el sistema previsional aprobada el pasado miércoles en la Legislatura Unicameral, a partir de un proyecto presentado por el gobernador José Manuel De la Sota, y sin discusión sobre tablas y con el exclusivo voto del bloque oficialista.

 

Dicha norma establece entre otras cosas que el reajuste de los haberes de los pasivos tendrá efecto a partir de los 180 días computados desde la fecha que fuera percibida la variación salarial por los activos.

Ahora, la Caja de Jubilaciones deberá presentar al juez Leonardo González Zamar un informe circunstanciado en respuesta al planteo formulado por los amparistas, tal como lo prescribe el artículo 8 de la Ley Provincial de Amparo.

 

Cabe destacar que si bien los amparistas solicitaron al juez que ordene al organismo previsional que se abstenga de aplicar a norma atacada y efectúe las liquidaciones de agosto de 2012, aplicando la variación salarial estimada para los trabajadores en actividad, esta medida cautelar recién será resuelta la semana próxima.

 

Las dos primeras acciones de amparo contra las modificaciones al régimen previsional fueron presentadas por dos jubilados provinciales, una docente de 86 años y un hombre de 77 años, ambos representados por el abogado Carlos Nayi.

Por la tarde el gobierno de Córdoba salió al cruce de los jubilados que presentaron amparos en la mañana de hoy en la justicia provincial informando que la reciente aprobación de la ley de Reforma del Sistema Previsional aprobada el último miércoles no incide en los haberes que éstos perciben o no son significativos.

Concretamente informó a través de un comunicado que el jubilado de la Municipalidad de Córdoba Arturo Florencio Ledesma quien presentó el primer amparo en la justicia provincial por el diferimiento en el pago de los aumentos percibe un haber bruto de $18.908,90 mensuales, $12.605  de bolsillo en virtud de distintos descuentos (Impuesto a las Ganancias, SUOEM; Apross; Seguro de Vida; Fondo por Fallecimiento y $3.403 que cobraba en Títulos de Cancelación Previsional en virtud de la Emergencia.

Además informó que como la Emergencia establecida por el gobernador Juan Schiaretti en 2008 concluyó el 31 de julio pasado por lo que éste jubilado cobrará este mes la suma de $ 3.403 en efectivo, percibiendo de esta forma un haber líquido de $ 16.008 que no se ve afectado por la ley recientemente sancionada porque al pertenecer al municipio capitalino no tiene pautados aumentos para el segundo semestre del año y ya percibió el acordado a los municipales del SUOEM.

En tanto la jubilada Mabel Haydee Guillot es una maestra jubilada que tiene un haber bruto de $5.186. Se jubiló a los 52 años de edad en 1977, es decir que hace 34 años que recibe haberes de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba. Además, percibe una remuneración de Anses.