El gobierno podrá postergar la publicación de normas en el nuevo Boletín Oficial Electrónico
Durante la reunión conjunta de las Comisiones de Ciencia y Tecnología y Legislación General de la Unicameral, los parlamentarios avanzaron en el análisis del proyecto de ley que impulsó el gobernador José Manuel De la Sota para implementar la Edición Electrónica del Boletín Oficial de la Provincia.
Puntualmente, la discusión se centró en el artículo 6 de la propuesta que dispone excepciones a la hora de la publicación de los actos de carácter general.
En este sentido, este artículo habilita al gobierno provincial a postergar la publicación cuando existan razones de seguridad o de conveniencia al interés público, hasta que desaparezcan estas circunstancias. Sin embargo, deberá ser fundado el pedido por la autoridad emisora del acto.
Asimismo, se le agregará a la iniciativa un párrafo que establece que “las disposiciones previstas en la presente ley de ningún modo alteran o menoscaban los derechos que los trabajadores que vienen prestando tareas en el Boletín Oficial de la provincia tienen adquiridos en mérito a las normas estatutarias, escalafonarias y convencionales vigentes”.
A través de esta normativa, se dejaría de lado la utilización de la versión impresa del Boletín Oficial, lo que generará una reducción de los gastos en insumos, mientras que la oficialización del formato digital traerá “innumerables beneficios y ventajas”, tanto para el régimen de organización administrativa y para los destinatarios de la información.
Para ello, el proyecto de ley que impulsa el Ejecutivo establece la derogación de la ley Nº2295 que instauró la publicación de “un diario que se denominará Boletín Oficial”; y también el inciso “a” del artículo 11 y el artículo 12 de la ley Nº8836 de Modernización del Estado que hacían referencia al soporte impreso de dicho Boletín.
Según la iniciativa, el Boletín Oficial será publicado en forma electrónica en la página oficial del gobierno de la provincia de Córdoba y el Poder Ejecutivo deberá garantizar el acceso universal y permanente a su edición.
Allí, se publicarán “todos los actos y documentos cuya publicación sea ordenada en virtud de la normativa vigente”, según dispone el proyecto; al tiempo que se establece que se dividirá en cuatro secciones: Legislación – Normativa; Judiciales; Sociedades-Personas Jurídicas-Asambleas y otras; y Concesiones, licitaciones, servicios públicos y contrataciones en general.
Además, la normativa prevé la implementación de estándares de seguridad informática que permitan asegurar la inviolabilidad y que permitan mantener inalterable la información publicada.
En el mensaje de elevación de la iniciativa, el gobernador José Manuel De la Sota sostuvo que “no pueden desconocerse los avances tecnológicos producidos en materia de información, a los que el Estado debe necesariamente adaptarse, para lograr la prestación de sus servicios con eficiencia, eficacia y economicidad”.
Agregó que “la implementación de un sistema de información a través de la red digital reporta innumerables beneficios y ventajas, tanto para el régimen de organización administrativa, como así también y en mayor medida para los destinatarios de la información”.
También destacó que con la matriz electrónica propuesta, se reducen los costos, se agilizan las etapas, se disminuye el margen de error y se hace más eficiente y ágil el proceso; al tiempo que señaló que la versión on line del actual Boletín Oficial es más consultada y leída que su similar en papel.
Finalmente, el mandatario remarcó que la edición digital es una realidad en varias jurisdicciones del país, como la propia Nación o la ciudad Autónoma de Buenos Aires “que han obtenido inmejorables resultados, alcanzando estándares de excelencia”, concluyó.