La Secretaría de Política Económica tendrá a su cargó la ejecución de políticas y acciones
El Ministerio de Economía estableció que la Secretaría de Política Económica y Planificación del Desarrollo tendrá a su cargo entender en la ejecución de las políticas y acciones, que hacen al ejercicio de los derechos societarios de las participaciones accionarias o de capital de empresas donde el Estado nacional sea socio minoritario.
Lo hizo a través del Decreto 1278/2012 publicado hoy en el Boletín Oficial, donde también fijó que esta dependencia, a cargo de, Axel Kicillof, “actuará en aquellas sociedades donde Economía posea tenencias accionarias o de capital, e instruirá a los representantes del Estado nacional o propuestos por él en tales sociedades o empresas”.
Asimismo, ejercerá “los derechos políticos inherentes a las acciones que integran la cartera de inversiones del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Régimen Previsional Público de Reparto”.
Además, efectuará “la comunicación de asistencia a las Asambleas Ordinarias, Extraordinarias y Especiales de la sociedad y toda otra comunicación necesaria para el ejercicio de los derechos accionarios”. También designará “a quienes representen a las referidas acciones o participaciones societarias en las Asambleas Ordinarias, Extraordinarias y Especiales”.
La normativa estableció que esta Secretaría impartirá “las instrucciones a las que deberán ajustar su actuación en las Asambleas Ordinarias, Extraordinarias y Especiales, o en reuniones de socios los representantes designados a tales fines”.
“La manda deberá incluir la orden de proponer y votar a los directores o administradores y síndicos que actuarán por las acciones o participaciones societarias que representan, estos últimos, con arreglo a la nómina que deberá solicitarse al efecto a la Sindicatura General de la Nación, con la antelación suficiente”, señaló el decreto.
Aclaró que “en el caso de los directores o administradores por las acciones que integran la cartera de inversiones del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Régimen Previsional Público de Reparto, la propuesta deberá contar con el previo conocimiento del director ejecutivo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)”.
La norma faculta a esta dependencia a “ejercer el derecho de información que otorgan las participaciones societarias, y efectuar las solicitudes que correspondan a los órganos sociales para el acceso y/o copia de los libros y documentación de la empresa”.
Asimismo, implementará “un sistema de información que permita el monitoreo permanente del desempeño de las sociedades o entidades alcanzadas por el presente”.
También impartirá “directivas y recomendaciones a los directores o administradores designados a propuesta del Estado nacional, a fin de que la administración de los negocios sociales resguarde el interés público comprometido en la actuación de la sociedad”.