De la Sota reglamentó la ley que otorga subsidio a ex presos políticos

20/07/2012
Provinciales - Derechos Humanos
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Había sido sancionada el 24 de marzo en sesión especial. Por la falta de reglamentación los beneficiarios no podían cobrar el subsidio

El gobernador de Córdoba, José Manuel De la Sota, reglamentó hoy la ley que creó el subsidio a ex presos políticos, que fue sancionada el 24 de marzo pasado en sesión especial en el marco del Día de la Memoria, por la Verdad y la Justicia (Ver Con el rechazo de la oposición, sancionaron la ley que otorga subsidio a ex presos políticos).

Cabe recordar que desde el Frente Cívico (FC), el legislador Roberto Birri, había reclamado a través de un proyecto de resolución la urgente reglamentación de esta iniciativa, puesto que los beneficiarios no podían iniciar el trámite para poder comenzar a cobrar el subsidio (Ver Reclaman la reglamentación de la ley que otorga subsidio a ex presos políticos).

La ley otorga una suma equivalente a dos veces el haber jubilatorio mínimo previsto por la Caja de Jubilaciones Pensiones y Retiros, con carácter de no contributivo, personal, mensual, vitalicio e inembargable a todos aquellos ciudadanos que hubieran permanecido detenidos por más de un año.

La normativa, establece como requisitos para poder percibir este beneficio haber sido detenido por causas políticas al menos un año entre el 24 de marzo de 1976 y el 10 de diciembre de 1983; tener residencia en la Provincia de Córdoba por un periodo no inferior a los diez años continuos, discontinuos, anteriores o posteriores a la dictadura; la detención debe haberse producido en la Provincia de Córdoba y deben percibir remuneración hasta un monto similar a la reparación provincial.

Por otro lado, la ley señala que en caso de fallecimiento del beneficiario directo de la “reparación provincial a expresos políticos de la dictadura”, tienen derecho a la percepción de la misma el cónyuge supérstite, el conviviente en aparente matrimonio, y/o los hijos menores de edad al momento del fallecimiento y hasta que alcancen la mayoría de edad e hijos incapacitados para el trabajo mientras dure la incapacidad.

En tanto, también establece que la Autoridad de Aplicación sería el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y los organismos de Derechos Humanos se desempeñarán como órgano consultivo.