Mirador de Medios
El decreto que reglamenta la creación y el funcionamiento de la llamada Autoridad de Aplicación para la puesta en marcha de la nueva ley de Comunicación Audiovisual fue publicado ayer en el boletín oficial.
La resolución, que lleva el número 1525, establece que la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual que regulará el cumplimiento de la ley de medios iniciará sus funciones el 10 de diciembre de 2009.
Determina, además, que para la designación de los integrantes del directorio de la Autoridad se tomará como referencia el decreto 222 del 19 de junio de 2003 para el nombramiento de los jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
También, dispone conformar el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual, que tendrá a su cargo designar a dos de los siete miembros de la Autoridad de Aplicación.
Invita además a la Bicameral Legislativa a designar a los dos miembros de la Autoridad que le corresponde nombrar de acuerdo a la ley, mientras que los dos restantes serán propuestos por el Gobierno.
Se invita por medio del decreto que lleva la firma de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner a las entidades, organismos y sectores integrantes del Consejo Consultivo Honorario de los Medios Públicos a proponer sus representantes al Poder Ejecutivo.
Señala además que el Consejo Federal de Comunicación, una vez constituido, "deberá comunicar al Poder Ejecutivo en un plazo de diez días el nombre y los antecedentes curriculares de las personas propuestas para integrar el directorio".
El decreto establece que el directorio de la Autoridad de Aplicación funcionará con la presencia del Presidente o quien lo reemplace, y que adoptará sus resoluciones por mayoría simple de los directores presentes.
"El Presidente o quien lo reemplace tendrá en todos los casos derecho a voto, y a doble voto en caso de empate" y el directorio sesionará al menos una vez cada tres meses o cuando lo solicite el presidente del directorio", señala el escrito.
Como Funcionará
El Poder Ejecutivo fijó las normas que regularán el funcionamiento de Radio y Televisión Argentina Sociedad del Estado (RTA S.E.), creado por la ley de Comunicación Audiovisual en reemplazo del Sistema Nacional de Medios Públicos.
A través del decreto 1526/2009 publicado ayer en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo estableció a través de 24 artículos el funcionamiento del organismo creado por la ley 26.522, artículo 119.
La sociedad que comenzará a funcionar a partir del 10 de diciembre próximo tendrá a su cargo la "administración, operación, desarrollo y explotación de los servicios de radiodifusión sonora y televisiva del Estado nacional".
RTA S.E. estará a cargo de un Directorio integrado por siete miembros, conformado por un presidente y un director designados por el Poder Ejecutivo, tres directores a propuesta de la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual (uno por cada minoría); dos a propuesta del Consejo Federal; por un período de cuatro años con posibilidad de reelección.
En otro de sus artículos, el decreto establece que la conformación del Directorio se hará "dentro de los dos (2) años anteriores a la finalización del mandato del Titular del Poder Ejecutivo Nacional, debiendo existir dos (2) años de diferencia entre el inicio del mandato de los Directores y del Poder Ejecutivo.