Rechazaron el pedido de arresto domiciliario para represor

05/07/2012
Juicios que cambiarán el país - Juicios que Cambiarán el País
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Se trata del ex auxiliar de Inteligencia de la Policía Federal, Eduardo Comesaña. La Cámara Federal rechazó un pedido de su defensa que solicitaba el beneficio de la prisión domiciliaria

La Cámara Federal rechazó un pedido de la defensa de un represor que solicitaba el beneficio de la prisión domiciliaria o la internación para su asistido, procesado por delitos de lesa humanidad durante la dictadura.

El revés judicial fue para el ex auxiliar de Inteligencia de la Policía Federal Eduardo Norberto Comesaña, preso en Marcos Paz.

Fuentes judiciales indicaron hoy que los camaristas Eduardo Farah y Jorge Ballestero ratificaron la resolución del juez Daniel Rafecas, quien denegó la solicitud del represor imputado por los homicidios de Norberto Gómez, Elena Kalaidjian, Julio Enzo Panebianco y Ana Teresa del Valle Aguilar, entre otros delitos.

"El fundamento de la decisión (de Rafecas) radicó en que, a la luz de las conclusiones emanadas de los profesionales de la salud, no surgían motivos suficientes que justificaran la modificación de la forma de cumplimiento de la medida cautelar dispuesta", explicaron los magistrados al rechazar el planteo de la defensa.

En su presentación, los abogados del represor argumentaron que "existiría un grave deterioro en la salud del imputado por la carencia de una adecuada atención sanitaria y especializada de su dolencia, situación que encuadraría dentro de los presupuestos normativos que habilitan la forma de detención pretendida".

Además, los defensores de Comesaña señalaron que "el penal no cuenta con una sala de emergencias ni con médicos de turno, y que tiene un fibrilador que no funciona", e hicieron referencia a un episodio en el que el ex policía "no fue trasladado al Hospital Naval para concurrir a los servicios de cardiología y urología por problemas de movilidad de la unidad penitenciaria".

Sin embargo, los camaristas que "más allá de las circunstancias referidas por la defensa, no surge del expediente ninguna constancia que permita presumir que las condiciones de detención de Comesaña en el Complejo Penitenciario de Marcos Paz no sean las adecuadas y agraven su situación de salud actual".

Los jueces tuvieron en cuenta las declaraciones de la médica forense María Patricia Chamot y sus colegas Daniela Contreras y Rosa Boggiani, del Hospital Naval, en cuanto a que "las afecciones que padece el imputado no le impiden continuar con el tratamiento en su lugar de detención, siempre y cuando se cumpla con los recaudos terapéuticos correspondientes a su afección".

Por esos motivos, concluyeron que "siempre y cuando se materialicen periódicamente los controles y tratamientos intramuros según lo recomendado por los médicos, así como también aquellos estudios e interconsultas que deban realizarse extramuros, toda vez que no se han neutralizado los riesgos procesales que motivaron el encierro cautelar del imputado, no corresponde hacer lugar al pedido de arresto domiciliario".