El Defensor del Pueblo de la Provincia de Córdoba, Mario Decara sugirió a los usuarios del servicio de gas por redes, que si deciden abonar el monto total de la factura, lo hagan “bajo protesto”.
A partir de la medida cautelar dispuesta por la Cámara Nacional de Apelaciones en la acción entablada por el Defensor del Pueblo de la Nación, el ombudsman provincial brinda información a los usuarios sobre las modalidades de pago permitidas para las facturas del servicio de gas a través de la página web institucional (www.defensorcordoba.org.ar), en forma personal (Tucumán 25 -3º piso ciudad de Córdoba, de 8 a 18 horas) o telefónicamente (0800 777 0337 / 0351- 4342060 / 61 o 4239816).
En el marco de la citada resolución judicial, los usuarios podrán abonar las facturas con exclusión de dicho cargo con el carácter de “pago a cuenta” y sin que ello sea causal de suspensión, interrupción o corte de suministro, o bien efectuar el pago total de la misma que incluye el cargo tarifario bajo el nombre de “Cargo Gas Decreto 2067/08” o “Costo de Gas Importado”.
Si el usuario opta por el pago total, el Defensor del Pueblo sugiere presentar en las oficinas de la Empresa ECOGAS una nota manifestando el “pago bajo protesto”, tanto para la factura abonada como para las futuras liquidaciones, reservándose así el derecho de reclamar el reintegro de dicho cargo, si por cualquier motivo son revertidas las medidas que autorizaron su percepción.
Pero si el usuario decide el pago a cuenta de la factura emitida y no vencida a la fecha de notificación de la Medida Cautelar, deberá dirigirse a las Oficinas de Cobro de ECOGAS y solicitar la exclusión de pago del concepto “Cargo Gas Decreto 2067/08” o “Costo de Gas Importado”.
Y a los fines de instrumentar el pago a cuenta de las futuras facturaciones, deberá solicitar no abonar el concepto “Cargo Gas Decreto 2067/08” o “Costo de Gas Importado”, a través de un Formulario dispuesto por la empresa.