La multa por fumar manejando partiría desde los $500

14/05/2012
Municipales - Concejo Deliberante
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Además se inhabilitaría al conductor entre 15 y 90 días. La reincidencia se penaría con al menos mil pesos. La UCR tiene la mayoría en el Concejo Deliberante para sancionarlo

Las multas por conducir vehículos fumando partirían desde los $500 en adelante, a lo que se le sumaría una inhabilitación para el conductor de entre 15 a 90 días.

Así lo propone un nuevo proyecto de ordenanza que ingresó al Concejo Deliberante y es de autoría del bloque mayoritario de la Unión Cívica Radical, por lo que tendría vía libre para su sanción.

La iniciativa establecería además que en casos de reincidencia la sanción se elevaría a mil pesos como mínimo, con una inhabilitación para conducir de hasta dos años.

La norma está dirigida a inhibir que se conduzca fumando cigarrillos, cigarros, pipas o productos similares, y busca como objetivo modificar los hábitos y conductas peligrosas derivadas del hecho de fumar mientras se conduce.

En este sentido los ediles radicales subrayaron que “nuestra ciudad no es ajena a este flagelo ya que en el 2011 más de cien vecinos perdieron la vida”.

“El Hospital de Urgencias debió atender más de 14 mil accidentados ocurridos dentro del ejido urbano, lo que insumió una erogación superior a los 60 millones de pesos (más del 50% de los recursos del Nosocomio), constituyéndose en uno de los problemas de salud pública serios que afecta al Municipio” destacaron.

Por este motivo convocaron a concientizar que el hábito de conducir fumando además de afectar cuestiones atinentes a la salud pública, atenta contra la seguridad en el tránsito, “ya que el hecho de fumar obliga a tener una mano siempre ocupada con el cigarrillo, aumentando el peligro de siniestralidad y convirtiéndose en una amenaza rodante no sólo para el conductor sino también para transeúntes y demás conductores que circulan por la vía pública”.

Además destacaron que la sanción establecida en la norma, no constituye una prohibición en sí misma, sino que tiende, mediante la amonestación, a desalentar estas conductas.

Es decir, no debe verse en el espíritu de este proyecto un recorte a las libertades individuales ni una intromisión en la sagrada esfera de las mismas, sino una medida de carácter coercitivo que persigue la toma de conciencia ciudadana acerca de los peligros individuales y sociales que entran en el hecho de fumar mientras se conduce.

La autoridad de aplicación de esta norma será los funcionarios y empleados del Municipio, quienes en ejercicio del poder de policía municipal establecido en las Ordenanzas, deberán velar por la efectiva aplicación de las sanciones correspondientes en materia de tránsito.

Esta nueva determinación se suma a las ya penadas conductas de conducir hablado por teléfono celular sin manos libres, en estado de ebriedad o bajo el estado de tóxicos estupefacientes.

Esta conducta riesgosa genera peligros concretos, que distraen al conductor. Sancionar este hábito importa intentar disolver un factor de riesgo desde el punto de vista de la accidentología vial, sancionando una conducta individualmente imprudente y socialmente irresponsable” explicaron al fundamentar el expediente.