Se debate en comisiones del Senado la figura del Femicidio

08/05/2012
Nacionales - Cámara de Senadores
alternative
Analizan incorporarla al Código Penal como un tipo de homicidio, estableciendo “agravantes por el vínculo” y descartando el uso de atenuantes cuando el hombre tenga antecedentes por violencia

El Senado comenzó hoy a debatir en comisión un proyecto de ley para incorporar la figura del femicidio en el Código Penal como un tipo agravado de homicidio, estableciendo agravantes por el vínculo y descartando el uso de atenuantes cuando el hombre tenga antecedentes por violencia.

La iniciativa se debatió esta tarde en la Comisión de Justicia y Asuntos Penales, cuyos miembros acordaron no emitir dictamen en esta jornada y en cambio analizar la posibilidad de introducir modificaciones al texto, ya aprobado en la Cámara de Diputados.

En líneas generales, los expositores propusieron cambios en el texto, que sólo plantea un agravante cuando la víctima fuere una mujer, e insistieron en el establecimiento de un tipo penal autónomo para el femicidio.

Fabiana Túñez, coordinadora general de la asociación civil "La casa del encuentro", informó que sólo durante 2011 se produjeron 282 femicidios, 29 vinculados, y que fueron 212 los hijos e hijas que perdieron a su madre en ese año.

Túñez consideró que el texto proveniente de Diputados "deja librado a criterio del juez su aplicación del agravante" y en ese sentido sostuvo que algunos magistrados no lo aplican "por desconocimiento" y otros "por cuestiones ideológicas y prejuicios culturales".

Raquel Asencio, de la Defensoría General de la Nación, cuestionó por su parte la aplicación de "un agravante neutro", al considerar que podía llegar a utilizarse en el caso de las mujeres que reaccionan frente a la violencia de género reiterada, y recomendó que la norma contenga una indicación clara para que los jueces sepan cuándo aplicar atenuantes.

La última de los expositores fue Perla Prigoshin, titular de la Comisión Nacional Coordinadora de Acciones para la Elaboración de Sanciones de Violencia de Género, que depende del Ministerio de Justicia, quien coincidió con la necesidad de incluir una figura autónoma del femicidio en el Código Penal.

Pidió asimismo incorporar sanciones para los agentes del Estado que no pudieron evitar las muertes de mujeres que hubieren radicado la denuncia por violencia.

Por su parte, la senadora Sonia Escudero (PJ-Salta), autora de uno de los proyectos en tratamiento, pidió tomarse un tiempo más para trabajar en el texto, incorporando las sugerencias planteadas por las expositoras, pero no esperar a la reforma integral de los códigos, pues ello demandará mucho tiempo.

El texto en discusión plantea la pena de reclusión perpetua o prisión perpetua, pudiendo aplicarse lo dispuesto en el artículo 52 (del Código Penal), al que matare a su ascendiente, descendiente, cónyuge, ex cónyuge o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia.

En tanto, y a partir de la nueva redacción -que define al femicidio como un crimen hacia una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género- incorpora además como causales placer, codicia, odio racial, religioso, de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión.

A través de la iniciativa, se suma también el propósito de causar sufrimiento a una persona con la que se mantiene o ha mantenido una relación" conyugal.

Asimismo, entre otras cuestiones, el texto agrega que cuando mediaren circunstancias extraordinarias de atenuación, el juez podrá aplicar prisión o reclusión de ocho a veinticinco años aunque no será aplicable a quien en una ocasión anterior hubiera realizado actos de violencia contra la mujer víctima.