Los contadores cuentan con un nuevo Sistema Previsional que rige la profesión

04/04/2012
Provinciales - Unicameral
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También se aprobó la nueva ley que regula el ejercicio de estos profesionales. Se trata de dos iniciativas que impulsó el presidente del bloque oficialista en base a un trabajo del Concejo de Ciencias Económicas

Los profesionales en Ciencias Económicas cuentan desde hoy con un nuevo régimen que regula esta actividad y con un agiornado Sistema Previsional, de acuerdo a la sanción, por unanimidad, de dos leyes que impulsó el presidente del bloque de Unión por Córdoba (UPC), Sergio Busso.

Una de estas propuestas modifica 25 artículos, incorpora tres artículos agregados y cuatro nuevos a la normativa que regula el sistema previsional de los contadores.

Entre otras cuestiones, la iniciativa sancionada hoy establece que son afiliados obligatorios al régimen los profesionales que estén inscriptos en la matrícula habilitante del Consejo Profesional de Ciencias Económicas para el ejercicio liberal de su profesión y tener domicilio real en la provincia.

Además establece la determinación de cuatro escalas de aportación diferenciadas, a elección del profesional; la incorporación al régimen jubilatorio de la liquidación el SAC; la integración del directorio por nueve miembros, elección por simple mayoría del presidente, vice, secretario, etc.; y los deberes y atribuciones del Directorio.

Asimismo, se regulan las asambleas, la comisión Fiscalizadora; la cancelación de la matricula a los fines de obtención del beneficio jubilatorio; e incluye una bonificación  porcentual adicional sobre el haber previsional de jubilación ordinaria, pensión y jubilación por invalidez.

En tanto, para los casos en que los afiliados ingresen aportes durante un periodo de tiempo superior al mínimo requerido para acceder a una prestación, se contempla una bonificación adicional por cada año de aporte previendo la compensación entre años de edad.

También, dispone cómo se financiará el régimen. Esto es, recibirá aportes personales obligatorios determinados en función de la edad del profesional afiliado y de la categoría de aportación; por contribuciones a cargo de terceros, entre otros.

La normativa establece que los fondos disponibles de la Caja previsional de los contadores podrán ser invertidos en préstamos a afiliados, depósitos a plazo fijo en entidades financieras públicas o mixtas; en títulos públicos u otro tipo de operación con garantías de la nación, provincias o municipios; depósitos en entidades privadas; y todas aquellas inversiones resueltas por el Directorio pero que sean aprobadas por la asamblea extraordinaria de afiliados.

El Directorio es la autoridad que representa la institución previsional que estará integrado por nueve miembros, de los cuales uno representará al Consejo Profesional de Ciencias Económicas; dos en representación de los jubilados y seis de los activos.

Por otra parte, se sancionó por unanimidad el nuevo régimen que regula a estos profesionales nucleados dentro del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, puesto que la normativa que los reglamentaba era un decreto del año ’49.

Entre otras cosas, la nueva regulación le da mayor importancia a las minorías, puesto que por ejemplo, establece que el Consejo Directivo estará compuesto por veinte consejeros electos para esos cargos que deberán cumplir como requisito el contar con una antigüedad en la inscripción de la matrícula no menor de cinco años.

Cabe destacar que la propuesta fue elaborada por el legislador oficialista Sergio Busso en base al trabajo que viene realizando el Consejo de Ciencias Económicas para modernizar la ley que regula su ejercicio profesional y adaptarla a los tiempos actuales.

Durante el tratamiento legislativo de estos temas estuvieron presentes en el recinto de sesiones autoridades de la Caja Previsional Social y del Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas.