Piden la absolución de los ex policías juzgados por el fusilamiento de los militantes de la JUP

14/03/2012
Juicios que cambiarán el país - Juicios que cambiarán el País
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Lo solicitaron los defensores de los imputados en el marco del juicio contra tres ex policías del Comando Radioeléctrico. Todos coinciden en que hubo grandes errores en la causa y pruebas que no llevan a nada

Los abogados defensores de los ex policías del Comando Radioeléctrico solicitaron hoy la absolución de sus defendidos, en el marco de la causa en la que son juzgados por el fusilamiento de tres militantes de la Juventud Universitaria Peronista (JUP) en 1976.

El primero en exponer fue el abogado Bejamin Sonzini Astudillo, defensor de los ex policía, Pedro Nolasco Bustos y Jorge Worona, quien en primer lugar cuestionó la "imparcialidad" del tribunal, al sostener que "estamos en el cadalso".

Añadió que en la causa "existe una duda insuperable" debido a que durante las audiencias "no hubo testigos que dijeran lo mismo. Se han construido castillos en el aire. Acá no han venido testigos directos y presenciales, solo hay dichos de dichos de dichos".

Sonzini Astudillo consideró que "la prueba es la que condena y acá la prueba es adversa a la fiscalía y a la querella porque no dice absolutamente nada. Hay un montón de pruebas que no nos llevan a nada".

Más adelante el letrado reiteró su posición de vincular a la JUP con la organización Montoneros, para fundamentar que los militantes peronistas asesinados Ana Villanueva, Jorge Diez y Carlos Oliva "estaban armados y hubo un enfrentamiento donde lamentablemente les tocó perder".

En ese sentido señaló que la prueba presentada en relación a que los jóvenes que fueron fusilados estaban indefensos "está totalmente desvirtuada y no puede ser utilizada para condenar a cadena perpetua", tras lo cual pidió la absolución de sus defendidos.

Posteriormente usó de la palabra, Alvaro Gáname, co-defensor de los imputados quien coincidió en pedir la absolución por "prescripción de la acción penal" y por considerarse "cosa juzgada".

"En esta causa algo huele mal. Hubo graves irregularidades en el proceso" y puntualizó que el Tribunal Oral Federal número 2 (TOF2, "carece de competencia para intervenir en este caso. Detrás de esta causa hay otros intereses".

"Es imposible fundar un fallo con sentencia, en lo que Héctor Hunziker (desaparecido el 19 de diciembre de 1976 en Buenos Aires) le contó a los testigos" sobre lo sucedido a los militantes de la JUP, al que consideró un "elemento central de la causa", pero dijo se trata de un "testigo no presencial en el momento de los hechos" y dudó de su existencia.

Por su parte, el abogado defensor de José Olivieri, Elias Razuk, señaló que esta causa "se trata de un delito común y no de lesa humanidad", y añadió que "toda la prueba gira en derredor de testigos indirectos, imprecisos y contradictorios, en torno de los dicho de Hunziker, denominado testigo fantasma porque nunca declaró en la causa", por haber sido secuestrado y desaparecido en 1976.

Insistió, al igual que los otros defensores, en la militancia de las víctimas en la organización armada Montoneros, para justificar que las muertes de los jóvenes de la JUP, se produjeron en el marco de un "enfrentamiento" con los efectivos del Comando Radioeléctrico.

Finalmente solicitó la "absolución por caberle un hecho común que no se puede plegar a los delitos de lesa humanidad", lo que fue refutado por el abogado querellante Claudio Oroz, en el marco del derecho a réplica a lo expresado por los defensores, haciendo referencia a la legislación internacional.

Posteriormene, tribunal dispuso pasar a un cuarto intermedio hasta el próximo lunes 26 a las 9, donde tras escucharse la última palabra de los imputados se dará a conocer la sentencia.

En esta causa están siendo juzgados los ex policías Pedro Nolasco Bustos (57), Jorge Vicente Worona (65) y José Filiberto Olivieri (67), por el fusilamiento simulando un enfrentamiento los estudiantes de la JUP, Ana María Villanueva, Jorge Manuel Diez y Carlos Delfín Oliva, el 2 de junio de 1976.