Quieren controlar los aportes para gastos de campaña
El bloque del Frente Cívico y Social presentó en el Concejo Deliberante un proyecto de ordenanza para controlar los aportes a los partidos políticos de la ciudad para las campañas electorales.
En este sentido los ediles juecistas Estebán Dómina y Daniel Juez explican que al no realizar la Municipalidad de Córdoba, a diferencia de los gobiernos provincial y nacional, aportes estatales con esta finalidad, los gastos de campaña se deben solventar exclusivamente con recursos privados.
Además destacan que en las elecciones pasadas “se han dejado expuesto al reproche ciudadano los excesivos gastos en publicidad, en particular la desmesurada pauta en medios televisivos, radiales y gráficos efectuados por algunos candidatos que no guardan ninguna proporción con sus ingresos o con los fondos partidarios de sus respectivas fuerzas, lo cual genera inevitables sospechas”.
Por estos motivos los concejales proponen prohibir que los partidos reciban contribuciones o donaciones anónimas, de empresas concesionarias de servicios u obras públicas, entidades centralizadas o descentralizadas, propietarios de medios de comunicación, gobiernos, entidades o personas extranjeras, y asociaciones sindicales, patronales y profesionales.
Sumado a esto se sancionaría con multas (tanto a los partidos políticos como a quien efectuara las donaciones) y con inhabilitaciones desde 6 meses a 5 años para postularse en las elecciones a quienes hayan cometido irregularidades.
Para controlar los ingresos a los partidos se estipularía también que dentro de los 60 días posteriores a la fecha del comicio deberán presentar ante el Juzgado Electoral Municipal la rendición de cuentas de los gastos de campaña, la cual se publicaría en el sitio web de la Municipalidad de Córdoba.
Por otra parte los concejales juecistas proponen también la prohibición de la exhibición, comentarios y difusión por cualquier medio desde los diez días anteriores a la fecha de la elección y hasta las tres horas siguientes del cierre del comicio.
De cometer infracciones contra este artículo también se sancionará con multas, que serán equivalentes a cien salarios mínimos vitales y móviles e inhabilitaciones de uno a cinco años para ejercer cargos públicos.