Se mira y no se toca
El proyecto, si bien reconoce la existencia de los gastos reservados para la lucha contra la delincuencia plantea el control parlamentario mediante la creación de una Comisión Parlamentaria Especial Permanante sobre Gastos Reservados.
La iniciativa encuentra fundamentos en las ejecuciones presupuestarias de los últimos tres ejercicios hasta el año 2006 donde se terminó gastando un 178% más de lo presupuestado.
En el año 2003 se presupuestaron gastos reservados por $ 618.000 y se terminaros gastando $ 2.900.000, durante al año 2004 se presupuestaron $ 1.500.000 y se gastaron $ 2.600.000 y en el último año 2005 se habían aprobado recursos por $ 2.250.000 y se terminaron gastando $ 6.272.000, o sea el 178% más de lo previsto.
En el presupuesto para el 2006 se habían aprobado recursos por $ 2.250.000 y al término del 1er. Trimestre se llevaban comprometidos gastos por $ 1.862.000.
El proyecto intenta regular la asignación, autorización, utilización y rendición de los créditos presupuestarios destinados a gastos reservados y señalar en presupuesto anual de la provincia las partidas destinada a estos fines.
La legisladora Dressino advertía en la presentación de este proyecto que “en comparación con los incrementos presupuestarios vinculados con salud, educación, trabajos públicos, etc. fueron sensiblemente menores, con lo que se advierte la necesidad imperiosa de que los gastos reservados estén sometidos a control”.
Estos gastos, se distinguen del resto, porque su difusión pública prematura podría impedir el cumplimiento de los fines perseguidos y por estar alcanzados por un sistema especial de justificación y control.
Por esto, la autorización de cualquier modificación presupuestaria que suponga variación en relación con tales créditos corresponderá al poder legislativo, previo informe de la Comisión propuesta por esta ley.
La Comisión
La comisión de control estará integrada por el Presidente de la Legislatura, que la presidirá, dos legisladores en representación de la mayoría y dos en representación de la primera y segunda minoría, en carácter de miembros titulares.
Dentro de sus atribuciones, se encuentra la obligatoriedad que tendrán los titulares de las jurisdicciones que tengan asignadas partidas de gastos reservados a informar semestralmente a la comisión sobre la aplicación y uso de los correspondientes fondos presupuestarios.
Las decisiones de la comisión serán secretas y sus miembros estarán obligados a no divulgar las informaciones obtenidas, quedando obligados a dicho secreto aún después de cesar en sus funciones, excepto cuando la comisión decidiese hacerlas públicas en todo o en partes o cuando haya finalizado el Período de Reserva que es de cuatro años.
Al momento del tratamiento de la Cuenta de Inversión la comisión elaborará un informe aconsejando al plenario, la aprobación o rechazo de la rendición de los fondos reservados. El dictamen será guardado con carácter “reservado” en sede de la Legislatura Unicameral, mientras dure el período de reserva.