Quedaron pegados
La Municipalidad de Córdoba llevó a cabo ayer la segunda jornada del operativo de inspección que tiene por finalidad mantener la ciudad libre de propagandas publicadas indebidamente.
Se trata de la aplicación de multas a partidos y candidatos que pegan afiches, instalan carteles o pintan muros en lugares no permitidos. Las multas van de 100 a 500 pesos y se duplican cuando se afecta a los monumentos públicos o destinados al culto religioso.
El operativo acontece días después de que se haya firmado el acuerdo Córdoba Limpia con las fuerzas políticas locales, y comenzó en el centro pero prosperará luego hacia los barrios.
En total son veintiuno los inspectores municipales que estuvieron controlando el avance de la campaña electoral en espacios públicos no permitidos a tal efecto.
Además, los trabajadores, que están cumpliendo turnos matutino y vespertino, pertenecen a diferentes reparticiones. Los hay de Habilitación de Negocios, Espectáculos Públicos, Ferias y Mercados, y Control Integral de la Vía Pública, en coordinación de la Subsecretaría de Gobierno.
Por su parte, los de Higiene Urbana, coordinados con la CRESE, estuvieron sacando los pasacalles y blanqueando los muros que han sufrido pintadas infraccionarias.
Las actas formuladas por la autoridad municipal seguirán su curso legal hasta el Tribunal Administrativo de Faltas, donde los candidatos o representantes de los partidos podrán hacer los descargos que les sean pertinentes antes de abonar las multas que llegan hasta los 500 pesos y que podrían duplicarse si el hecho infraccionario hubiese afectado a un monumento público.
Es importante tener en cuenta que la publicidad electoral forma parte de los supuestos especiales de la Ordenanza 10378, la cual menciona como sitios permitidos para la fijación de publicidad solamente los muros o tapias de lotes baldíos, los espacios de publicidad determinados por la Municipalidad y los muros de inmuebles privados, con expresa autorización.
Las pancartas removibles en los postes de alumbrado se pueden colocar desde 45 días antes de las elecciones y deben ser removidas entre los 15 días posteriores al acto electoral.