Bailando en una pata
El Tribunal confirmó las resoluciones del Juzgado Federal número tres de la ciudad de Córdoba, en cuanto el pasado 22 de diciembre habían dispuesto denegar las respectivas solicitudes de excarcelación solicitadas por las defensas de estos represores.
La Cámara estuvo conformada por los Jueces Abel Sánchez Torres, Ignacio María Velez Funes y Ricardo Bustos Fierro.
En el caso de Vicente Meli, responsable del Estado Mayor del Área 311 y acusado penalmente por la comisión de los delitos de tormentos agravados, homicidio agravado y tormentos seguidos de muerte, se advirtió no factible la concesión de la excarcelación.
Al respecto, los magistrados sostuvieron que, otorgarle la libertad a Meli traería aparejado un fundado riesgo procesal, debido a que se podría propiciar al entorpecimiento de la investigación dado que se podría alterar o hacer desaparecer documentación que acredite algunas circunstancias o ejercer presión sobre los testigos del proceso, hayan sido éstos víctimas o no de su presunto accionar.
Además, se podría producir la fuga del genocida, atento el elevado monto de la pena que podría corresponderle en caso de condena, ello fundamentalmente en razón de la gravedad de las escalas penales de los ilícitos en juego.
Por su parte, los magistrados tampoco consideraron conveniente la liberación de Jabour, quien habría integrado el Departamento de Informaciones Policiales (D2) y se encuentra imputado por la supuesta comisión de delitos de imposición de tormentos agravados y homicidio agravado, por existir también riesgo procesal.
Los motivos que justifican la decisión tienen que ver, entre otras cosas, con que testigos manifestaron haber sufrido, en el año 1997 y con motivo de un sumario instruido por la Policía de la Provincia tendiente a esclarecer la actuación del personal de aquel departamento, Jabour incluido, amenazas y amedrentamientos de distintas formas para que no efectuaran declaraciones que los involucrara o para que cesaran en sus denuncias.