¿En qué puedo servirle?
A raíz del crecimiento que año a año adquiere la actividad de los Call Centers en la provincia de Córdoba al instalarse como una salida para miles de jóvenes excluidos del mercado laboral, la legisladora Liliana Olivero del bloque de la Izquierda Socialista efectuó los procedimientos necesarios para rehabilitar el proyecto de ley que regula el trabajo en tales empresas.
El proyecto de ley considera Teleoperador a todo trabajador o trabajadora que desempeñe tareas de atención, recepción y/o emisión de conexiones telefónicas o telemáticas, durante un mínimo de tres horas diarias en forma continua, efectuando entre otras, las labores de enlace entre distintos usuarios, atención información o asesoramiento de aspectos técnicos, comerciales o administrativos, venta o promoción de productos y servicios, entre otras.
Asimismo, establece que la jornada de trabajo diaria no podrá exceder de seis horas, y será equivalente en cuanto a condiciones, escala salarial y demás cláusulas especiales que se pacten individualmente. Respecto al trabajo nocturno, no podrá exceder de cinco horas y treinta minutos.
A su vez, dispone que en aquellas tareas que requieran una atención continua, el empleador deberá otorgarle a cada trabajador el goce del descanso semanal, en al menos dos fines de semana por cada mes trabajado. Además, se exige un descanso visual de quince minutos cada dos horas de trabajo.
El proyecto de ley también instala la organización del proceso de trabajo, que consta de la fijación de tiempos máximos de duración de las llamadas acorde a la experiencia de los trabajadores, distinguiendo entre tareas de venta, recepción de reclamos o simple atención de consultas.
Igualmente, exige que cuando el teleoperador deba atender clientes que apelen al uso de insultos o expresiones agraviantes, deberá derivar el llamado hacia el superior inmediato. Como también, demanda que no se obligue al empleado a faltar a la verdad o incurrir en mentiras que impliquen un daño moral para sí, o engaño para el cliente o usuario.
Entre otras medidas, el proyecto expone la necesidad de las empresas de Call Centers de contar con la aprobación de la inspección de la Secretaría de Trabajo, de las condiciones de Seguridad e Higiene de los locales afectados a estas tareas, mediante la presentación de un legajo técnico, el cual contendrá como mínimo la descripción del plan de contingencias contra incendios, medios de evacuación, roles de incendio, sin perjuicio de otras que la autoridad estime conveniente incluir.
La situación de los trabajadores de call centers de nuestra Provincia es preocupante. No escapan al conocimiento de nadie, las condiciones de precarización y flexibilización laboral por la cual atraviesan.
Los trabajadores son objeto de la aplicación del Fordismo y el Taylorismo a niveles que ni sus propios inventores imaginaron, las condiciones salariales son precarias, y a la luz de las disposiciones sobre salud e higiene del trabajo, hay mucho terreno donde el estado debe intervenir.
El personal que presta servicio en estas empresas, es altamente calificado, con manejo de idiomas y, en general, estudiantes de nuestras universidades, que de por sí constituye el capital humano, y que tiene un destino protagónico en el futuro de nuestro país, y que es necesario preservar.