Sin Códigos
El legislador Emilio Graglia del bloque de Unión por Córdoba presentó un proyecto de ley por el que crea el Código de Ética Legislativa de la Provincia de Córdoba, con la finalidad de promover la transparencia, fortalecer la función legislativa y resguardar la honorabilidad de este poder.
La iniciativa intenta fundamentalmente comenzar a revertir la mala imagen que los cordobeses tienen de su poder legislativo que según el diagnóstico realizado por la Comisión Consultiva de Expertos para la Reforma Política en 2008, los resultados mostraron que el 94% de los cordobeses confía poco y nada en la Legislatura provincial y el 85,3 % percibe que los legisladores dan poco y nada de importancia a resolver los problemas de la Provincia
El proyecto propone “deberes” de los parlamentrios, la obligatoriedad de publicar con quien se reune y la conformación de una comisión de ética legislativa que podrá investigar y recibir las denuncias por las faltas que los legisladores tengan al presente código.
Los deberes abarcan los aspectos generales que ya deben cumplir en sus funciones los legisladores y agrega algunas obligaciones que antes no lo eran que aparecen de antemano como novedosas e interesantes.
Entre los más destacados se encuentra la obligación que tendrán los legisladores a presentar un plan de trabajo para el siguiente período legislativo, donde se detallen los temas o proyectos principales que promoverá y donde además tendrá que definir las prioridades de su gestión legislativa.
También el parlamentario tendrá que relaizar un informe que contenga los proyectos legislativos que han presentado, las comisiones en donde se desempeña, las actividades que realiza en organismos públicos y su participación en congresos, convenciones y eventos científicos o políticos en representación del poder legislativo.
Dicho informe deberá ser elaborado con una periodicidad no menor a un año y será difundido a través del sitio de Internet de la legislatura provincial. Adicionalmente los legisladores deberán enviar una copia impresa del mismo a la Secretaría de Comisiones de la Legislatura antes de la primera semana de marzo de cada año.
En cuanto a la realización de las aduiencias públicas, quienes ocupen un escaño, deberán elaborar una agenda donde se especifique quienes serán los interlocutores con quienes se entreviste, el tema o asunto tratado y el resultado de la reunión, que también será publicada mensualmente en internet reseñando además las actividades del mes inmediato anterior.
Ante el incumpliemniento de todo lo establecido en este código de ética los legisladores podrán ser denunciados ante la legislatura. Las denuncias podrán ser interpuestas por un legislador o grupo de legisladores, o por la persona o personas directamente afectadas por su inconducta.
El parlamento determinará la admisión o rechazo de la denuncia, por el voto de los dos tercios de la totalidad de sus miembros. En caso de proceder, se remitirá la denuncia a la Comisión Especial de Ética Legislativa.
Esta comisión se creará en los términos del reglamento interno de la legislatura y tendrá como objetivo investigar y sancionar las faltas al presente Código, una vez admitida la denuncia presentada contra alguno de sus miembros.
Estará conformada por cinco legisladores miembros titulares e igual número de suplentes que serán elegidos por la legislatura al inicio de cada período legislativo, garantizando la representación de las minorías.
En caso de que se comprobara el hecho denunciado y sea determinada la responsabilidad inequívoca del legislador, la Comisión Especial, por mayoría de sus miembros, recomendará a la legislatura las sanciones previstas en el artículo noventa y nueve de la Constitución Provincial.
Dicho artículo establece que la legislatura puede “corregir o excluir” de su seno a cualquiera de sus miembros “por desorden de conducta en el ejercicio de sus funciones o por indignidad y removerlo por inhabilidad física o psíquica sobreviniente a su incorporacion”.