Limpieza que ensucia

13/04/2009
Provinciales - Medio Ambiente
alternative
Se presentó un proyecto de ley que establece modificaciones en la Ley Provincial de Agroquímicos

El bloque de Concertación Plural presentó un proyecto de ley que establece la modificación de diversos artículos de la ley 9164, la cual protege la salud humana, los recursos naturales, la producción agropecuaria y el patrimonio de terceros, de los daños que se pudieran ocasionar por la utilización de productos químicos o biológicos de uso agropecuario.  

Una de las modificaciones que se propone es en el artículo tres, el cual indica el organismo de aplicación de la presente ley. En la normativa vigente en la actualidad, es la Secretaría de Agricultura y Ganadería. El frente de Concertación Plural sugiere que se lo cambie por la Secretaría de Ambiente.  

Por otro lado, la actual normativa prohibe, en su artículo 58, la aplicación aérea de los agroquímicos dentro de un radio de 1500 metros del límite de las plantas urbanas. El proyecto de ley presenta una reformulación radical de este apartado al prohibir completamente la aplicación aérea de estos productos

Sin embargo, determina que excepcionalmente se podrá hacer aplicación aérea de los productos en cuestión, siempre que este método resulte probadamente, el único viable o el de menor impacto negativo para la salud humana y el medio ambiente. Además, manifiesta que los productos que prodrán utilizarse deberán ser declarados aptos por la autoridad de aplicación. 

La prohibición dispuesta cuenta con otra excepción. Se trata de las actividades que, con fines sanitarios, lleven a cabo los organismos del Estado

Además, la autoridad de aplicación será la encargada de establecer las condiciones específicas en que puede producirse la pulverización aérea y se publicará información sobre los cultivos, las zonas, las circunstancias y los requisitos particulares de aplicación, incluidas las condiciones meteorológicas en que pueda permitirse la misma.  

Asimismo, el artículo 59 prohíbe la aplicación terrestre de productos químicos o biológicos de uso agropecuario dentro de un radio de quinientos metros. El proyecto de ley busca cambiar dicho radio a mil quinientos metros del límite material de centros poblados de toda magnitud, escuelas rurales, afectando recursos hídricos de cualquier naturaleza o en general la salud humana o el medioambiente.  

En el mismo artículo, se indica que sólo podrán aplicarse dentro de dicho radio determinadas clases toxicológicas de los productos químicos y biológicos; mientras que el nuevo artículo deja en manos de la autoridad de aplicación la declaración de la aptitud del producto para ser utilizado o no.  

El proyecto de ley también plantea un nuevo marco sancionatorio que implica dos modificaciones sustanciales del artículo 54. La primera se refiere a optar por una norma operativa que no deja a la reglamentación el procedimiento para lograr la aplicación de la ley. 

La segunda innovación es relevante porque se abandona el castigo pecuniario para incorporar un régimen que claramente impide la actividad contraria a la ley. Así, se descartan sanciones tales como la llamada de atención y el apercibimiento, las que además, son extremadamente leves en relación con el valor protegido, a lo que hay que agregar que por su naturaleza tienen la misma consecuencia sobre el infractor, esto es, la simple intimación al cumplimiento de la ley. 

De esta manera, en la voluntad de impedir efectivamente que la ley se viole y el daño se produzca, en lugar de multas se apela a la interdicción, la caducidad, la clausura y el secuestro, todos medios estos que hacen cesar la actividad perjudicial. Se ha considerado que la aplicación de multas, como en muchas otras actividades reguladas por el Estado, al ser actividades de rentabilidad importante, sus montos terminan incorporados a las distintas estructuras de costos, perdiendo así su función específica. 

La presente propuesta de modificación de la Ley Provincial de Agroquímicos, parte de reconocer el avance que significó dicha norma en la materia de la que se ocupa. No obstante, esta iniciativa tiene por objeto la modificación de aspectos perfectibles de su texto original, que de aprobarse, significarán avances cualiativos en materia de prevención para la protección de las personas y del medio ambiente, teniendo como horizonte un modelo de producción agrícola sustentable.  

Es por todos conocido que uno de los principales fenómenos emergentes en Argentina, desde la década de los noventa, ha sido la superlativa extensión del monocultivo de soja transgénica resistente al glifosato. Esto ha provocado, de forma concomitante con el aumento de los índices de producción de la oleaginosa, un incremento en los niveles de consumo de las formulaciones a base de glifosato 

El herbicida más utilizado a nivel mundial y nacional es el herbicida glifosato para la soja que es la que más se pulveriza. En Argentina se calcula que se está usando 180 millones de litros. Esta droga, por sí misma y en estado puro, es catalogada como inofensiva, pero en su uso, cuando se formula, se dosifica y se le agregan adherentes para una mejor pulverización, distribución y absorción su peligrosidad es tal, que aun sus consecuencias para la salud no se terminan de ponderar

Diversos estudios en el mundo comprobaron que la exposición al glifosato provoca riesgo de aborto espontáneo tardío. Se demostró que esta droga es tóxica para las células placentarias, provocando la muerte de un gran porcentaje de éstas luego de 18 horas de exposición a concentraciones muy por debajo de las de uso agrícola.  

En síntesis, el proyecto de ley toma en cuenta que Córdoba, junto con Santa Fe, son las provincias con mayores superficies sembradas con soja en el país; por lo tanto considera menester minimizar los riesgos que el uso de estos productos pueden implicar.   

Además, se debe recalcar que la ausencia de un plan ordenado de rotaciones en los cultivos trajo como consecuencia la erosión y degradación de los suelos. En Córdoba, la soja representa del 80 al 85% del área cultivada con granos, por lo que su monocultivo se constituye en el principal problema, con el consiguiente efecto sobre la degradación del suelo 

Las catástrofes ecológicas, el calentamiento global y el consecuente cambio climático, lamentablemente dejaron de ser predicciones y hoy son parte de nuestro presente, pues todos podemos verlo y sentirlo. Es de esperar que los representantes del pueblo, democráticamente elegidos, estén a la altura de este cambio de época y vayan más allá de lo que se espera de ellos, adoptando las políticas necesarias para paliar los ya irreversibles daños en nuestros suelos y siendo visionarios de los problemas venideros; en una actitud preventiva.