La ley y el orden

11/04/2009
Provinciales - Justicia
alternative
Tomo estado parlamentario un proyecto de ley que regular la suspensión de plazos procesales ante el embarazo o internación de los hijos de los letrados

En la última sesión de la Legislatura de Córdoba tomó estado parlamentario un proyecto de ley, presentado por el legislador oficialista Juan Brügge, que pretende agregarle al Código Procesal Civil y Comercial provincial un artículo nuevo que regule la suspensión de los plazos procesales por maternidad o internación de hijos de los letrados. 

El nuevo artículo, el 46 bis, establece que el Juez ordenará la suspensión de plazos procesales en las circunstancias de nacimiento de un hijo o recepción en guarda judicial de la profesional abogada, por seis días; dos días por el nacimiento de un hijo de un abogado; cinco días en caso de internación por razón de embarazo de una letrada y cinco días ante el supuesto de internación de un hijo menor de dieciocho años del letrado o letrada interviniente en la causa.  

El artículo también aclara que en todos los casos anteriores, se suspenderán únicamente para la parte peticionante y comenzarán a correr desde la fecha en que acaece el hecho, debiendo ser solicitado dentro de los dos días de ocurrido el hecho. 

También indica que la medida podrá ser requerida una sola vez al año por cada causal y por cada parte, debiendo acreditarse con certificado expedido por el establecimiento asistencial público o privado.  

A su vez, expone que quien pretenda hacer uso de esta facultad, debe haber intervenido en la causa desde su inicio o haber sido designado con treinta días de antelación, como mínimo.  

El parlamentario titular del proyecto de ley, se basó en los argumentos esgrimidos por los integrantes del Directorio del Colegio de Abogados de Córdoba, quienes mediante una resolución, adujeron los inconvenientes que padecen por no estar contemplado en el Cógido Civil provincial la suspensión por maternidad o internación de los plazos procesales. 

El documento expresa textualmente que “los acontecimientos apuntados generan vivencias de extrema tensión dentro de un clima marco de especial sensibilidad, mientras los plazos procesales siguen avanzando, a pesar de la delicada situación personal de uno de los intervinientes”.  

Brügge comparte los fundamentos de los que se sirve la resolución del Colegio de Abogados, pues sumados con la realidad del ejercicio profesional, son suficientes para incitar la introducción de una previsión legal en el mencionado Código, como primer paso, dado que la situación planteada no sólo afecta al letrado que ejerce su profesión en el fuero civil, sino que también, a aquel que la ejerce en los demás fueros.  

El legislador del bloque de Unión por Córdoba aseguró que con la iniciativa se hace real y efectivo el principio constitucional de igualdad de oportunidades, porque “si bien estamos frente al ejercicio liberal de la profesión de abogado, no pueden, las abogadas y abogados contar con una serie de resguardos legales, que sí lo tienen todas las personas que actúan bajo relación de dependencia, ante situaciones familiares que exigen suma atención y dedicación, como lo son las expuestas en el presente proyecto”.