Más que Blanco, Blanco Schiaretti
El gobierno de la provincia de Córdoba impulsa su propia ley de blanqueo de capitales en consonancia con la del gobierno nacional, no se trata de una adhesión sino de la promulgación de una normativa propia.
El proyecto que llegó a la unicameral el día lunes, tomará estado parlamentario durante la sesión del día de hoy y comenzará a ser estudiado en la comisión de economía que preside el legislador oficialista Dante Heredia, el próximo martes.
Una vez que el poder legislativo de Córdoba convierta en ley esta iniciativa del poder ejecutivo, se liberará del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a quienes “blanqueen” la tenencia de moneda extranjera, divisas y demás bienes en el exterior, como así también en el país, de acuerdo a las condiciones previstas en la ley nacional y su marco regulatorio, sancionada hace poco tiempo por el Congreso de la Nación.
Los capitales liberados de este gravamen son los que pudieran estar vinculados con actividades alcanzadas por el citado impuesto en los períodos fiscales no prescriptos y finalizados hasta el 31 de diciembre de 2007.
El proyecto del poder ejecutivo justifica el proyecto señalando en sus fundamentos que el gobierno nacional a través de la sanción de esta norma, instauró un régimen de regularización impositiva, promoción y protección del empleo registrado, exteriorización y repatriación de capitales.
La ley establece que los sujetos que efectúen la exteriorización de capitales, conforme sus disposiciones, gozarán entre otros beneficios, de la liberación de pago de impuestos nacionales, tales como: Impuesto a las Ganancias, Impuesto al Valor Agregado, Impuesto Internos, entre otros.
Además, la medida libera a quienes adhieran a este régimen y por el monto regularizado, de toda acción civil, comercial y penal tributaria que pudiera corresponder.
De esta forma, el poder ejecutivo provincial sostiene que la medida es de carácter excepcional, enmarcada dentro de las disposiciones que adoptó el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner para la normalización de las obligaciones tributarias omitidas por parte de los contribuyentes.
En este sentido el proyecto del gobierno provincial señala que el origen de los fondos no necesariamente pueden provenir de actividades gravadas por el impuesto provincial, ya sea por estar vinculados con ingresos generados en el exterior o por tratarse de bienes respaldados por actividades no gravadas o exentas en el ámbito de la Provincia de Córdoba.
En otro punto la ley también libera a las empresas de multas y sanciones referidas a la situación de los trabajadores, estén firmes o no, impuestas en el ámbito de la Secretaría de Trabajo dependiente del Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo.
Esta medida también está en sintonía con el paquete que sancionó el congreso nacional referido al blanqueo de capitales estableciendo en igual forma que se tendrán en cuenta aquellas infracciones que no hayan sido pagadas a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, para aquellos empleadores que procedan a regularizar a sus trabajadores dependientes no registrados o rectifiquen la real remuneración y/o fecha de inicio de las relaciones laborales.
Precisiones
Quienes intenten acceder a estos beneficios deberán poner a disposición de la Dirección de Policía Fiscal y/o de la Dirección General de Rentas, ambas dependientes de la Secretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Finanzas, los antecedentes y/o formalidades exigidas a nivel nacional.
EL beneficio de excepción de pago de los impuestos sobre el dinero a blanquear se realizará sobre el monto bruto de ingresos que, para el Impuesto al Valor Agregado, corresponda a cada ejercicio fiscal de acuerdo con la imputación efectuada en los términos de la ley nacional.