Emergencia 24

01/02/2009
Provinciales - Apertura de Sesiones
alternative
Para combatir el mal de chagas la legislatura declarará la emergencia habitacional en “viviendas rancho” ubicadas en el norte del territorio cordobés

El gobernador de la provincia de Córdoba Juan Schiaretti anunció durante el discurso inaugural de 131 período legislativo de sesiones ordinarias el ingreso de un proyecto de ley por el que se declara la “Emergencia  Habitacional - Sanitaria en la Provincia de Córdoba” para viviendas rurales y periurbanas infectadas por el mal de Chagas durante el término de 24 meses.

El objetivo principal de esta emergencia es lograr erradicar esta enfermedad de la provincia a través de la realización de modificaciones a las precarias “viviendas ranchos” que facilitan la procreación en ellas de los vectores que transmiten esta enfermedad que se encuentra en su mayoría en el norte de la provincia.

Asimismo, se considera incluido en la declaración de emergencia habitacional, al peridomicilio, entendiéndose por tal a los espacios circundantes a las viviendas y que presenten similares características de construcción y peligro de infestación como los corrales, escusados, taperas, galpones, gallineros, criaderos, palenques y porquerizas. 

A partir de la sanción de este proyecto de ley el poder ejecutivo provincial prevé a través del Ministerio de Desarrollo Social la intervención en las viviendas y sus entornos en situación de riesgo, para  llevar adelante la ejecución de reparaciones cuando las condiciones así lo permitan o, en su caso, la construcción de nuevas viviendas que sustituyan las existentes. Cabe destacar que las intervenciones que se realizarán deberán contar con el acuerdo previo de su destinatario.

A raíz de la emergencia y las características ambientales y geográficas donde se asientan las viviendas a reparar o sustituir, el proyecto autoriza tanto al Ministerio de Desarrollo Social como al de Obras Públicas utilizar el sistema de contratación directa o bien el otorgamiento de subsidios o ayudas económicas.

En este sentido, el proyecto estipula el beneficio de gratuidad de las obras que se realizarán de acuerdo a la precariedad económica y social de los beneficiarios de este plan, para lo cual se destinarán partidas de fondos FONAVI de asignación específica y de libre disponibilidad.

Las contrataciones directas para la ejecución de las obras, o el otorgamiento de subsidios o ayudas económicas autorizadas en este proyecto se podrán realizar hasta la suma equivalente al índice Veinte (20) fijado por el artículo 28 de Ley N° 9575, por cada intervención, con oportuna rendición de cuentas. 

Ante cualquier dificultad que pudiera presentarse durante la ejecución de este plan de mejoramiento de viviendas precarias el proyecto autoriza el uso de la fuerza pública, cuando resulte necesario para acceder, transitar y/o permanecer en los lugares en que se deban efectuar las intervenciones previstas. 

Asimismo se crearán unidades coordinadoras  y/o ejecutoras y/u operativas y el gobernador de la provincia podrá, en caso de que lo considere conveniente prorrogar la vigencia de la  emergencia Habitacional – Sanitaria.