Sobreviviendo
Se realizó una nueva reunión conjunta de las comisiones que tienen en estudio las modificaciones que se realizarán al Código Electoral y a la Ley de Partidos Políticos en el marco de la Reforma Polñitica que se aprobará hoy en el Poder Legislativo de la Provincia de Córdoba donde se anticiparon cambios respeto del piso de votos necesarios para los partidos para no perder la personería jurídica y se especificaron las formas de financiamiento de las campañas políticas.
El cambio mas importante giró en torno a las causales de extinción de los partidos políticos a partir de la que estipulaba que si en dos elecciones generales consecutivas para legisladores provinciales un partido no alcanzaba el 4% del total de los votos válidamente emitidos el partido dejaba de existir.
En este punto el oficialismo anticipó que aceptará bajar el piso al 2% para que mantengan la personería jurídica al igual que lo estipula la ley electoral nacional pero mantendrá un 3% respecto del financiamiento público de los partidos políticos con lo que partidos “chicos” podrán continuar participando de la vida política de córdoba.
El fondo estará integrado con los recursos que anualmente destine la Ley de Presupuesto que no podrá ser inferior al dos por mil de un salario mínimo vital y móvil por cada elector habilitado a votar en la última elección provincial y estará destinado a financiar la publicidad y la propaganda electoral en medios electrónicos de comunicación, radio y televisión, públicos y privados, provinciales y locales.
Actualmente el salario mínimo vital y móvil es de $1249, y según el cálculo del dos por mil equivaldría a $2,49 por cada elector habilitado, con lo que el fondo ascendería aproximadamente a cinco millones de pesos por año.
Este dinero se distribuirán 30% en forma igualitaria para todos los partidos que participen de la elección y el 70% restante en forma directamente proporcional a la cantidad de votos que cada partido obtuvo en las elecciones inmediatamente anteriores, siempre que hayan alcanzado un porcentaje de al menos el 3% del total de los votos emitidos.
El juzgado Electoral realizará las contrataciones de espacios publicitarios en medios electrónicos, radio y televisión y los pondrá a disposición de los partidos políticos los últimos treinta días de campaña. La cantidad de minutos estarán definidos 60 días antes del inicio de la campaña electoral donde cada partido tendrá una cantidad determinada que no podrá superar el 90% del total de espacio publicitario utilizado en la campaña electoral del año 2007.
Asimismo, estipula la cantidad que cada partido puede contratar con recursos privados en medios electrónicos, radiales y televisivos fijando como máximo la misma cantidad de espacios publicitarios recibidos por el Juzgado Electoral.
También se limitan los gastos electorales de los partidos que participen de la elección al dos por mil del salario mínimo vital y móvil por elector habilitado a votar en la elección.
Además se prohíbe la realización de publicidad oficial durante los últimos treinta días inmediatos anteriores a la fecha de la elección y se prohíbe también la inauguración de obras públicas y el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo durante los quince días anteriores a la fecha del comicio.
Como última modificación se introduce al Concejo de Partidos Políticos para que sea el encargado de supervisar que cada partido cumpla con las exigencias legales para su existencia.