Castigos

02/12/2008
Provinciales - Reforma Política
alternative
Habrá sanciones para quienes no concurran a votar y para quienes no cumplan con sus funciones durante el acto comicial. Las encuestas tendrán nuevas reglas para su publicación (VER VIDEO)

En una nueva reunión de las cinco comisiones  que tienen a su cargo el estudio de los proyectos para la reforma política, un día antes de su aprobación y tras más de 5 horas de debate y análisis, abordaron entre otros temas, las sanciones que se aplicarán a quienes no cumplan sus funciones durante el proceso electoral y nuevas obligaciones para la publicación de encuestas en los medios de comunicación. 

De estas formas quedaron especificadas las sanciones para los que no concurran como autoridades de mesa, como fiscal público y para quienes no concurra a votar con penas que van desde multas hasta inhabilitación para ejercer cargos públicos. 

Las penas para quienes no concurran como autoridades de mesa será la aplicación de una multa equivalente a un salario mínimo vital y móvil e inhabilitación para ejercer cargos públicos por seis meses a un año a partir de la elección o la suspensión de hasta treinta días sin goce de haberes en el cargo que estuviera ejerciendo, si fuere funcionario o empleado público. 

En el caso del Fiscal Público si faltara o realizara el abandono de la tarea se le sancionará con una multa equivalente a dos salarios mínimos vital y móvil y la misma inhabilitación para ejercer cargos públicos o la suspensión de hasta 60 días sin goce de haberes en el cargo que estuviere ejerciendo si fuere funcionario público. 

Quien no emita el voto y no se justifique en el juzgado electoral en un plazo de 60 días de la respectiva elección  será sancionado con una multa equivalente al 10% del monto de un salario mínimo vital y móvil y la inhabilitación para ejercer cargos públicos por un período de seis meses a un año. 

El pago de las multas deberá efectuarse dentro de los diez días hábiles de dictada la sentencia que se le imponga mediante un depósito bancario en una cuenta del Banco de Córdoba y deberá entregar los comprobantes en el juzgado electoral

Se determinarán además las mismas sanciones para los que habiendo sido designados para ejercer funciones durante el acto comicial, no concurran a los cursos de capacitación

Otro de los puntos centrales discutidos fue la publicación de las encuestas donde quedó determinada la prohibición de darlas a conocer diez días anteriores a la elección. En cuanto al período en que sí pueden ser publicadas en tiempos de campaña electoral, los medios tendrán la obligación de publicar además de los resultados, quien hizo la encuesta, quien la pagó y que método se utilizó, para evitar los manejos de la opinión pública con encuestas “truchas”.