Oídos

27/11/2008
Provinciales - Informe de Sesión
alternative
Se aprobó por una nimidad la adhesión a la ley nacional de hipoacusia. A partir de ahora el Apross cubrirá las prestaciones para esta enfermedad

Se sancionó la ley por la cuál la provincia adhiere al Programa Nacional de Detección Temprana y Atención de Hipoacusia. La sordera ó hipoacusia tiene causas congénitas y otras debidas a algunas enfermedades virales, entre las que se encuentran: la rubéola -durante el embarazo-, las paperas, la meningitis bacteriana, la varicela, entre otras.

Según estimaciones, aproximadamente de cada 1000 nacimientos, entre 2 o 3 nacidos vivos presentarán pérdida en su audición, lo que demuestra la real importancia de llevar a cabo el diagnóstico y tratamiento de la hipoacusia neonatal o congénita, mediante la realización del estudio de Otoemisiones.

Tanto el autor del proyecto y miembro informante del proyecto, el radical Italo Gudiño, el legislador de UPC Horaldo Senn y el Dr. Cesar Serra del Frente Cívico y social destacaron la importancia de la detección temprana y el tratamiento de esta enfermedad como el hecho que a partir de ahora, el estado se hará cargo de esta problemática.

En este sentido, la ley establece que el Apross deberá incluir la cobertura de las prestaciones declaradas obligatorias por la Ley Nacional Nº 25.415, las que quedan incorporadas de pleno derecho al vademécum obligatorio de la APROSS, incluyendo la provisión de audífonos y prótesis auditivas así como la rehabilitación fonoaudiológica.

En relación a los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley quedó estipulado que los costos operativos se financiarán con los créditos correspondientes a la partida presupuestaria del Ministerio de Salud.