A fin de mes tratarían el proyecto sobre trabajadores tercerizados
El oficialismo de
La iniciativa -que unifica una norma presentada por el ex diputado nacional Julio Piumato y proyectos de otros legisladores en ese sentido- obtuvo el miércoles pasado dictamen en
La intención del oficialismo es obtener una preferencia en la próxima sesión de la cámara baja para que la iniciativa pueda ser tratada sobre tablas en el plenario del 17 de noviembre, según anticipó Recalde.
En torno al texto, el diputado del Frente para
"Para evitar que se discrimine a los trabajadores y se busque el convenio colectivo de menor costo laboral, en el caso de que haya concurrencia de convenios, el proyecto de ley establece que se deberá aplicar el convenio colectivo de trabajo más favorable a los trabajadores", explicó Recalde sobre la iniciativa.
En el debate de la comisión, se planteó que el tratamiento de la iniciativa responde también a "una obligación moral de la comisión para dar respuesta legislativa frente al asesinato de Mariano Ferreyra", el militante del Partido Obrero que fue asesinado durante una marcha de tercerizados del ferrocarril Roca.
Desde el socialismo, Ricardo Cuccovillo, que integra la comisión, anticipó que esa bancada respaldará la iniciativa, al sostener que "hay una desprotección muy grande" y recordó que después de los `90 "la mayoría de las empresas pasaron a usar ese instrumento que hay que ir combatiendo".
"Desde hace muchos años combatimos la tercerización. Creemos que hay que tender a la normalización de esas cuestiones. Esto viene de distintas épocas porque se trata de un instrumento usado por muchos sectores desde los servicios públicos hasta las cooperativas", recordó a Télam el legislador socialista.
Por su parte, la diputada de
La iniciativa -que modifica el artículo 30 de la ley de Contrato de Trabajo- busca proteger a los trabajadores tercerizados, al "reestablecer cuestiones de justicia que se perdieron con la dictadura militar y la década del ´90", según indicó el propio Recalde.
En sus aspectos principales, la norma establece las condiciones de "subcontratación y delegación" de actividades en una empresa y otorga a los contratados o subcontratados el derecho a estar dentro del convenio laboral, si desarrollan sus actividades en instalaciones de la empresa principal.
A través del texto, se incorpora además la "responsabilidad solidaria" de parte de la empresa "hacia quiénes realicen obras, servicios accesorios, trabajos complementarios o coadyuvantes dentro o fuera del lugar de trabajo".
La `responsabilidad solidaria` establece que la empresa principal debe controlar que las contratistas y subcontratistas cumplan con las normas laborales, de higiene y seguridad social; de no hacerlo deberán hacerse cargo de esas obligaciones respecto del trabajador, los sindicatos y los organismos de seguridad social.
Asimismo, aclara que, si las tareas de los trabajadores contratados o subcontratados, se realizan dentro del establecimiento o en instalaciones de las empresas principales, se aplicará el convenio laboral que rige en esa compañía "cuando resulte más favorable".
Entre otras cuestiones, los contratantes deberán exigir además a los contratistas el número del Código Único de Identificación Laboral de cada uno de los trabajadores que presten servicios, así como la constancia de pago de las remuneraciones, así como una copia firmada de los comprobantes de pago mensuales al sistema de la seguridad social.