Casación rechazó el planteo de Ernestina Herrera de Noble para apartar a la juez Arroyo Salgado en la causa. Además, se resolvió anular el fallo que rechazó tramitar un recurso de apelación de los ex defensores de los hermanos
La Cámara Nacional de Casación Penal rechazó un recurso extraordinario de Ernestina Herrera de Noble contra la permanencia de la juez federal de San Isidro Sandra Arroyo Salgado en la causa penal para determinar si sus hijos adoptivos tenían como padres a víctimas de la última dictadura militar.
El tribunal decidió, también, anular el fallo de la Sala II de la Cámara Federal de San Martín que rechazó tramitar un recurso de apelación de los abogados Jorge Anzorreguy y Horacio Marcelo Silva contra la resolución por la que la magistrada les impidió seguir siendo los letrados de Marcela y Felipe Noble Herrera.
Arroyo Salgado fue designada en mayo último para reemplazar en el trámite de la causa al juez federal Conrado Bergesio, a quien la Cámara de San Martín apartó del caso por su presunta lentitud en el trámite del sumario.
Un mes después, uno de los defensores de Ernestina Herrera de Noble, recusó a la magistrada, acusándola de supuesta "parcialidad".
En esa ocasión el abogado y ex camarista federal Gabriel Cavallo afirmó que Arroyo Salgado había fijado posición antes de hacerse cargo del sumario, pero la juez se mantuvo en la causa y el tribunal de segunda instancia de San Martín ratificó a la magistrada.
El 14 de julio pasado la Sala II de la Cámara Nacional de Casación rechazó un planteo de queja y ahora, con la firma de Gustavo Mitchell, Luis García y Guillermo Yacobucci, consideró "inadmisible" al recurso extraordinario contra esa decisión.
Los mismos camaristas de casación concluyeron que la Sala II de la Cámara Federal de San Martín no les brindó a los abogados Anzorreguy y Silva la posibilidad de argumentar y replicar contra la resolución que los había separado del patrocinio de los hermanos porque antes fueron letrados de Ernestina Noble Herrera.
Mitchell, García y Yacobucci indicaron que, para revisar esa medida de Arroyo Salgado, la Sala II de la Cámara de San Martín debía integrarse con otros jueces.
En una audiencia ante la Sala II de la Cámara de Casación, los abogados sostuvieron que no hay intereses contrapuestos porque "no existe hasta el presente auto de mérito que vincule a la imputada con ningún accionar delictivo y, menos aún, en perjuicio de sus hijos adoptivos".
El abogado Alan Iud, letrado de la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo, se opuso al pedido de Anzorreguy y Silva porque, según manifestó, tenía como fin que dejara de intervenir la Sala II de la Cámara de San Martín porque dictaba decisiones desfavorables a sus pretensiones.
El tribunal nacional de casación aceptó en este caso el recurso de Anzorreguy y Silva, concedió la apelación y mandó reemplazar, para el estudio de la misma, a los integrantes de la Sala II de la Cámara de San Martín, porque ya había emitido opinión sobre el planteo de los abogados.