Vezzaro instruirá a fiscales

12/09/2010
Provinciales - Venta ilegal de medicamentos
alternative
Se organizó como consecuencia de la preocupación por el incremento de la venta habitual de medicamentos en lugares que no son farmacias

El Fiscal General de Córdoba, Darío Vezzaro, brindará una importante instrucción a los Fiscales con respecto a los procedimientos en el control de la venta ilegal de medicamentos, en el cual tendrá una importante participación el Ministerio de Salud y el Colegio de Farmacéuticos de Córdoba.

En este sentido Vezzaro firmará este lunes a las 11hs en su despacho una instrucción de carácter general dirigida a todos los fiscales de la provincia, para que en caso de denuncias por venta de medicamentos en lugares que no sean farmacias habilitadas por el Ministerio de Salud, en las que se ordene el allanamiento del lugar para comprobar su existencia, tengan presente dar intervención a un profesional del colegio de Farmacéuticos que colabore con la clasificación de los mismos.

Además deberán informar al Ministerio de Salud por medio de la Dirección de Jurisdicción de Farmacias quien, debido al poder de policía que ejerce sobre los medicamentos, podrá designarse como custodio de los efectos secuestrados.

Dicha instrucción se organizó como consecuencia de la preocupación manifestada por el Colegio de Farmacéuticos de Córdoba ante la Fiscalía General, respecto del incremento de la venta habitual de medicamentos, mayoritariamente de los denominados venta libre, en lugares que no son farmacias y por parte de personas que no poseen la habilitación profesional legalmente exigida.

Para el cumplimiento de los fines del proceso en las denuncias por la venta ilegal de medicamentos, los Fiscales, en caso de ser necesario un allanamiento, solicitarán la colaboración de un profesional farmacéutico al Colegio de Farmacéuticos y otro a la Dirección de Jurisdicción de Farmacias del Ministerio de Salud de la Provincia, para que intervengan en el mismo, encontrándose el primero de ellos capacitado para colaborar en la clasificación de los medicamentos, en tanto el Ministerio de Salud, por medio de su delegado podrá ser designado custodio de los medicamentos secuestrados en el lugar.

Legislación Vigente

En el mes de octubre de 2009 se sancionó la ley nacional nº  26.524, modificatoria del Código Penal en los arts. 200 al 205, por lo que cabe instruir a los Fiscales de Instrucción a fin de unificar los criterios de aplicación para los casos de detectarse o recibirse denuncias de venta de medicamentos en lugares no habilitados como farmacias.

Asimismo, con relación a la venta de medicamentos, la citada modificación del Código Penal debe considerarse en conjunto con la nueva  Ley Nacional de Farmacias nro. 26.567 que indica en su art. 1º que toda actividad relacionada con medicamentos, incluidos los de venta libre, debe ser efectuada solamente en las farmacias y que su violación constituye ejercicio ilegal de la farmacia y será sancionada conforme el Código Penal, distinguiéndose además la venta de medicamentos que requieren recetas. 

Todo ello en armonía con la Ley Provincial de Farmacia nro. 8302 que establece que el medicamento, aún el de venta libre, sólo puede ser dispensado en una farmacia habilitada.